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FARIAS JUAN CARLOS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Tribunal de Cámara confirmó la sentencia que ordenó incorporar suplementos remunerativos y bonificables en los haberes de retiro del personal de la Policía Federal, fundamentándose en precedentes y en la jurisprudencia de la Corte Suprema, y rechazó la apelación de la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Juan Carlos Farias, demanda la incorporación de suplementos creados por el Decreto 2744/93 en sus haberes de retiro, solicitando que sean considerados remunerativos y bonificables. La Cámara, tras analizar la normativa y la jurisprudencia de la Corte Suprema, hace lugar a la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia y estableciendo que dichos suplementos deben integrarse en los haberes con carácter remunerativo y bonificable. La Corte Suprema ya ha resuelto en autos “Oriolo” y “Giménez” que los beneficios creados por dicho decreto tienen carácter salarial, y que los decretos de modificación posteriores no alteran esa condición, salvo la modificación del haber establecida por el decreto 142/22 en marzo de 2022, que suprime ciertos suplementos. Se analiza además el plazo de prescripción, concluyendo que el plazo bienal rige para las sumas devengadas con posterioridad a la presentación de la demanda, y que el plazo para el cumplimiento de la sentencia es de 60 días desde la notificación, confirmando así la decisión de la instancia anterior. También se confirma la imposición de costas a la demandada, vencida en el proceso.

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