MENES ROBERTO GUSTAVO Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de grado y rechaza la demanda de los actores, confirmando la legalidad de la modificación normativa en la estructura salarial del Servicio Penitenciario Federal, y concluye que no se acreditó perjuicio a los derechos de los actores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora demandó al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos por una reducción en sus haberes debido a cambios en el régimen de antigüedad y suplementos salariales. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, pero la Cámara Federal de la Seguridad Social revoca esa decisión. La Cámara argumenta que las decisiones en política salarial, como las adoptadas por la normativa cuestionada, son competencia del Poder Ejecutivo y están dentro de sus facultades, amparadas por la doctrina de la Corte Suprema en los precedentes "Daus", "Galvan" y "Abregú". Además, se señala que la derogación de normas anteriores y la implementación del Decreto 586/19 no implicaron una disminución efectiva en los haberes totales de los actores, sino una mejora sustancial en sus remuneraciones en septiembre de 2019. La Cámara concluye que no quedó acreditado que la modificación normativa les haya causado un perjuicio, por lo que decide rechazar la demanda y confirmar la legalidad del régimen salarial vigente. Fundamentos principales: "Las decisiones de política salarial, adoptadas sobre la base de criterios de oportunidad, mérito o conveniencia tenidos en cuenta al momento de su dictado, no son susceptibles de revisión judicial, y sólo corresponde a los jueces controlar la legitimidad del obrar de las autoridades administrativas, sin que esté facultado para sustituirse a ellos en la valoración de circunstancias ajenas al campo de lo jurídico". "De los recibos de haberes acompañados en autos se desprende que si bien, el porcentaje correspondiente al suplemento 'Antigüedad de Servicios (S.A.S.)' fue disminuido, ello no implicó una merma en los haberes totales de retiro de los accionantes. Sin embargo, la nueva estructura salarial trajo como consecuencia una sustancial mejora en los haberes de septiembre de 2019, por lo que se revoca la sentencia y se rechaza la demanda, sin acreditar perjuicio."
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