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ARGAÑARAZ ALBA NORMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las normas cuestionadas y la metodología de cálculo del haber previsional en relación a aportes autónomos, rechazando los agravios y confirmando la sentencia de primera instancia.

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- Quién demanda: Norma Argüñaraz

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463, arts. 9, 25 y 26 de la Ley 24.241 y art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09, en el contexto de la adecuación de los aportes y derechos previsionales.

¿Qué se resolvió?

La Sala confirmó la constitucionalidad de las normas impugnadas y la metodología de cálculo de aportes autónomos, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y art. 26 de la Ley 24.241, cuando en la liquidación de la sentencia se detecte que la quita por topes supera el límite confiscatorio del 15%, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala analizó los agravios relacionados con la inconstitucionalidad de las normas y la aplicación del precedente “Makler”, confirmando que la fecha de adquisición del derecho del actor era 15 de junio de 2014, en vigencia de la Ley 24.241. Respecto a los servicios autónomos, se adhirió a la doctrina del fallo “Makler” y otros precedentes que consideran todos los años y categorías aportadas, para evitar que se restrinja indebidamente el reconocimiento de aportes y derechos previsionales. Se resaltó que la metodología de cálculo propuesta por la parte actora respeta los lineamientos del tribunal superior y que, en caso de que la quita por topes sea superior al 15%, se declara la inconstitucionalidad del artículo correspondiente, en línea con los precedentes de la CSJN, como “Rapisarda” y “Argento”. La sentencia confirma además la metodología de cálculo del haber y la liquidación en función del promedio efectivo de aportes y categorías.

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