SOSA DOMINGO AQUILINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad del índice de actualización de remuneraciones y la metodología aplicada para el cálculo del haber inicial y prestaciones previsionales, ratificando las decisiones previas en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandada (ANSES) impugnó la metodología de actualización de remuneraciones y la constitucionalidad del art. 9 de la Ley 24.463, además de cuestionar la aplicación del índice previsto en la resolución 56/2018. La Cámara recordó que la Corte Suprema en “Elliff”, “Blanco”, “Fernández” y otros precedentes, ratificó la utilización del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción (ISBIC) para la actualización de remuneraciones. También sostuvo que la ley 26.417, en vigor desde marzo de 2009, establece el mecanismo de actualización del haber inicial, por lo que las remuneraciones deben actualizarse conforme a dicho marco legal y jurisprudencial, y que la aplicación del DNU 807/16 y la resolución 56/2018 no puede tener acogida en el caso, ya que el beneficiario adquirió su derecho con anterioridad. Respecto a la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y art. 26 de la Ley 24.241, la Cámara declaró su inconstitucionalidad en los casos en que la aplicación de topes produjera una quita superior al 15%, confirmando que el haber previsional del actor no puede ser afectado por dichas restricciones. En materia de impuestos, se remite a las jurisprudencias de la Corte Suprema. Finalmente, se confirma la sentencia de grado en todos sus términos, incluyendo la actualización de las remuneraciones y la protección de derechos constitucionales del actor.
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