BAEZ MARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión de rechazar la demanda y declaró desierto el recurso de apelación de la parte demandada y los coactores, manteniendo la sentencia de primera instancia. La decisión se basó en la falta de acreditación de participación en acciones bélicas y en la correcta interpretación de la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demandó solicitando la declaración de derecho a una pensión de guerra prevista por la ley 23.848 y su extensión a ciertos ex soldados y civiles que participaron en el conflicto de Malvinas.
- La demandada y los coactores solicitaron la revocación de la sentencia que rechazó su reclamo, argumentando que participaron en el conflicto y que sus actividades debían considerarse como participación en hostilidades.
- La Cámara analizó la normativa aplicable, en particular la ley 24.652, y los requisitos para ser beneficiario de la pensión, que incluyen la participación en acciones bélicas o en áreas de riesgo de combate, además de los aspectos geográficos y temporales.
- La prueba producida en autos no fue suficiente para acreditar que los coactores participaron en hostilidades efectivas o que sobrevolaron el TOAS en condiciones que puedan considerarse participación en acciones bélicas, conforme a la doctrina consolidada por la Corte Suprema en el precedente “Gerez”.
- La sentencia de primera instancia fue confirmada en todos sus términos y el recurso de apelación fue declarado desierto por falta de agravios.
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