AGUILERA RAMONA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que desestimó las quejas relacionadas con la actualización de las prestaciones previsionales, reafirmando la aplicación de los índices legales vigentes y la constitucionalidad de las disposiciones aplicadas. La resolución respeta las leyes y doctrina constitucional vigente en materia de movilidad previsional.
- Quién demanda: Ramona Mabel Aguilera
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes diversos en su beneficio previsional, específicamente relacionados con la actualización de remuneraciones y movilidad del haber.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que desestimó los agravios de las partes, reafirmando la legalidad y constitucionalidad de las normas aplicadas, y estableció la aplicación de la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central para los intereses. La resolución también declaró admisibles los recursos, sin modificar la decisión de la instancia anterior, y ordenó la regulación de honorarios en un 30% de lo regulado en la instancia previa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jueces no se hallan compelidos a seguir a las partes en todas las argumentaciones o razones aducidas, sino solo aquellas que guarden relación con lo decidido y que se consideren esenciales y decisivas para fundar sus conclusiones y llegar a la justa dilucidación del litigio." "Los argumentos respecto a la actualización de remuneraciones deben aplicarse en función de la legislación vigente al momento de la adquisición del derecho, en este caso la ley 27.426, que establece un índice combinado para la actualización." "Respecto de la movilidad del haber, el análisis recae en las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y las reglamentarias, que deben observarse en la etapa de cómputo definitivo, sin reabrir cuestiones constitucionales ya resueltas." "Las leyes dictadas por el Congreso gozan de presunción de legalidad y no se declara su inconstitucionalidad sin una manifestación clara y manifiesta de su contrariedad con la Constitución."
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