CORDEIRO CARLOS MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma la aplicación de los índices de actualización previsional, rechazando la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, y estableciendo que la actualización de los haberes se ajusta a los parámetros normativos vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, beneficiaria previsional, impugnó la actualización de sus haberes y la aplicación de la ley 27.426. La Cámara revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la constitucionalidad de la ley y la normativa aplicable, y ordena que la demandada abone las diferencias en las sumas percibidas. La sentencia fundamenta que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 no vulnera derechos constitucionales, ya que el derecho a la movilidad se devenga en el momento del pago y no en los meses previos, y que la ley no viola el principio de propiedad ni el derecho a la movilidad. Además, se declara inadmisible la queja respecto a la aplicación del índice combinado de la ley 27.260 y el Dto. 807/2016, por tratarse de beneficios adquiridos con anterioridad a esas normas. La disidencia parcial cuestiona la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por su carácter regresivo y confiscatorio, pero la mayoría del tribunal mantiene que la ley es constitucional y que las modificaciones normativas no afectan derechos adquiridos en forma violenta.
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