VARELA MIRTA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma la validez de las leyes de movilidad previsional, rechazando la inconstitucionalidad alegada, aunque uno de sus jueces disidente declara la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por carácter retroactivo y su perjuicio confiscatorio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Mirta Haydee Varela, reclama reajustes en su beneficio previsional otorgado en 2017, alegando que las leyes que regulan la movilidad le afectan en forma retroactiva y violan derechos constitucionales. La sentencia de primera instancia fue parcialmente revocada por la Sala, que confirmó la constitucionalidad de las leyes de movilidad bajo la normativa vigente, destacando que los incrementos se devengan en fechas específicas, no mensualmente, y que la retroactividad de la ley 27.426 no viola derechos constitucionales porque el derecho a la movilidad se perfecciona en el momento en que el beneficio entra en el patrimonio del beneficiario. Sin embargo, en disidencia, la jueza Cammarata sostuvo que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 implica un perjuicio confiscatorio que afecta derechos constitucionales y, por tanto, declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de esa ley. La mayoría de la Sala revocó parcialmente la sentencia, confirmando la constitucionalidad de las leyes de movilidad y rechazando los agravios de la parte actora, y estableció que los honorarios de la parte actora se regulen en el 30% de lo que se determine en la instancia de grado.
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