Logo

GONZALEZ VICTOR ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que rechazaba la inconstitucionalidad de las normas de movilidad previsional, pero la jueza Pérez Tognola declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por su aplicación retroactiva, considerando que implicaba un efecto confiscatorio y regresivo para el beneficiario.

Retroactividad Inconstitucionalidad Derechos constitucionales Anses Efecto confiscatorio Sentencia judicial Movilidad previsional Ley 24.241 Ley 27.426 Leyes sociales


¿Quién es el actor?

Victor Alberto Gonzalez

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes en la movilidad de su prestación previsional, específicamente en relación a la aplicación retroactiva de la ley 27.426 y las diferencias en las sumas percibidas.
- Decisión del tribunal: La mayoría de la Sala revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó la constitucionalidad de las leyes de movilidad, pero la jueza Pérez Tognola en disidencia declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, por afectar derechos constitucionales mediante una aplicación retroactiva que implica un efecto confiscatorio. La jueza sostuvo que “la aplicación retroactiva tiene un neto carácter regresivo, al afectar la movilidad dispuesta por la ley anterior, traduciéndose en un perjuicio económico confiscatorio para el beneficiario, que reduce en forma retroactiva el monto del haber que le hubiese correspondido”. La mayoría consideró que la ley 27.426 se aplicaba de forma razonable, respetando los derechos adquiridos y la progresividad, y que la declaración de inconstitucionalidad debía hacerse solo en el caso de la norma en sí misma, no en la aplicación concreta, salvo en la disidencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Pérez Tognola argumentó que “la aplicación retroactiva de la ley 27.426, en tanto modifica índices ya transcurridos, tiene carácter regresivo y confiscatorio, afectando derechos constitucionales”. La mayoría, en cambio, consideró que la ley no violaba derechos constitucionales, ya que el incremento en la movilidad se otorga en fechas específicas y no en forma mensual, y que la ley 26.417 y sus modificatorias garantizan la progresividad del sistema previsional. Además, se destacó que la ley 27.426 establece que la movilidad se debe calcular con los índices vigentes en marzo y septiembre, sin que ello implique un devengamiento mensual, por lo que la aplicación retroactiva no viola derechos adquiridos. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad de la resolución 56/2018 de ANSES por ser contraria a la Constitución Nacional y al fallo “Blanco Lucio Orlando”.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar