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TORALES CRISPIN SALUSTIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Beneficiario interpone recurso de apelación contra resolución que actualizó su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma parcialmente la sentencia, ordenando ajustes en la aplicación de la movilidad.

Seguridad social Movilidad Ley 27 541 Reajuste previsional Pbu Isbic

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social:
- Confirma la aplicación del índice ISBIC para actualizar las remuneraciones consideradas en el cálculo del haber inicial, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Confirma la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) según el índice establecido en "Badaro".
- Revoca parcialmente la sentencia respecto a la aplicación de la movilidad suspendida por la Ley 27.541, ordenando al ANSES abonar las diferencias entre lo percibido y la movilidad que hubiera correspondido.
- Impone costas a la demandada en ambas instancias. Principales fundamentos:
- La CSJN ha convalidado la aplicación del índice ISBIC sin limitación temporal para la actualización de las remuneraciones.
- La PBU debe actualizarse según el índice establecido en "Badaro" hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417.
- Procede el reajuste por la suspensión de la movilidad conforme a la jurisprudencia de la CSJN.

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