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SARAPURA RAMON c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor, veterano de guerra, reclamó el derecho al cobro de pensión graciable y subsidio extraordinario. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, reconociendo retroactividad limitada de la pensión graciable.

Incapacidad Retroactividad Cuerpo medico forense Subsidio extraordinario Pension graciable Veterano guerra malvinas

Cobro de pensión graciable por ley 24.310 y subsidio extraordinario por ley 22.674

¿Qué se resolvió?


- Se declara desierto el recurso de apelación de la actora
- Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia
- Se reconoce el derecho al cobro de la pensión graciable a partir de los 5 años previos al reclamo administrativo (no desde 1994 como dispuesto en primera instancia)
- Se confirma el derecho al cobro del subsidio extraordinario con intereses desde el 2/4/1982
- Se confirma el resto de lo decidido en primera instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El informe pericial acreditó la incapacidad del 42,09% del actor derivada del conflicto de Malvinas
- La ley 22.674 establece retroactividad del subsidio extraordinario al 2/4/1982
- La ley 24.310 de pensión graciable reconoce este derecho, pero las sumas retroactivas están limitadas a 5 años previos al reclamo administrativo
- Los aumentos por decretos 1104/2005 y ss. deben incorporarse al haber de la pensión graciable

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