PAGNINI JOSE LUIS Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Oficiales y suboficiales del Ejército Argentino reclaman beneficios previsionales por participación en guerra de Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social modifica la sentencia y ordena el pago retroactivo del subsidio extraordinario, pero revoca el reconocimiento de la indemnización por incapacidad.
¿Quién es el actor?
Pagnini, José Luis; Godoy, Mario Abel; Rivero, Miguel Alfredo (oficiales y suboficiales retirados del Ejército Argentino)
¿A quién se demanda?
Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de beneficios previsionales por participación en guerra de Malvinas (pensión graciable de ley 24.310, subsidio extraordinario de ley 22.674, indemnización por incapacidad del art. 76 inc. 3 ap. c) de ley 19.101)
¿Qué se resolvió?
- Se revoca el reconocimiento de la indemnización por incapacidad, ya que los actores no encuadran en los requisitos legales al ser personal superior y subalterno, y no alumnos o conscriptos.
- Se ordena el pago retroactivo de la pensión graciable de ley 24.310 a partir de los 2 años previos a la demanda.
- Se reconoce el pago retroactivo del subsidio extraordinario de ley 22.674 desde el 2 de abril de 1982, fecha de inicio del conflicto bélico.
- Se difiere la regulación de honorarios a la representación letrada de la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la indemnización por incapacidad, la ley 19.101 la prevé sólo para personal de alumnos y conscriptos, no para oficiales y suboficiales retirados.
- Sobre la pensión graciable de ley 24.310, las sumas devengadas prescriben a los 2 años previos a la demanda.
- En cuanto al subsidio extraordinario de ley 22.674, debe abonarse con intereses desde el 2 de abril de 1982, fecha de inicio del conflicto, conforme a la naturaleza indemnizatoria de la prestación.
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