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SARMIENTO MARIO ANTONIO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por el derecho a percibir la Pensión Graciable y el Subsidio Extraordinario. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la pretensión.

Incapacidad psicologica Retroactividad Guerra de malvinas Suplementos remunerativos Subsidio extraordinario Pension graciable


¿Quién es el actor?

Mario Antonio Sarmiento

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento del derecho a percibir la Pensión Graciable (Ley 24.310) y el Subsidio Extraordinario (Ley 22.674)

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El informe pericial determinó que el actor tiene una incapacidad psicológica del 70% relacionada causalmente con su participación en la Guerra de Malvinas.
- La Ley 22.674 establece que el subsidio extraordinario se aplica retroactivamente al 2 de abril de 1982, por lo que corresponde su pago con intereses desde esa fecha.
- Los suplementos previstos en el Decreto 1305/12 deben ser incorporados al haber mensual de pasividad por tener carácter general y remunerativo.

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