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PALMA TERESITA ZULEMA c/ ANSES s/PENSIONES

Demanda por pensión derivada de fallecimiento de afiliado en actividad. La Cámara confirma la sentencia que ordenó a ANSES otorgar el beneficio.

Plazo de cumplimiento Pension por fallecimiento Afiliado en actividad Ley 24 241 art 53

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Teresita Zulema Palma demanda a ANSES solicitando el otorgamiento del beneficio de pensión por fallecimiento de su cónyuge, el Sr. Cesar Alberto González, quien se encontraba en actividad y aportando al sistema previsional al momento de su deceso. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Fundamenta que, al encontrarse el causante formalmente afiliado y aportando regularmente al momento del fallecimiento, corresponde aplicar el art. 53 inc. a) de la Ley 24.241, que reconoce el derecho a la pensión de la cónyuge supérstite, sin sujetarlo a otras condiciones de satisfacción. Asimismo, considera que el plazo de 30 días para el cumplimiento de la sentencia es razonable, descartando la aplicación del plazo de 120 días establecido por la Ley 26.153, al tratarse del simple otorgamiento de un beneficio previsional y no de un reajuste de haberes.

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