PROMENZIO, MARCELO LEONARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor recurrió la tasa de interés y los honorarios fijados en la sentencia de primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó una tasa de interés con capitalización anual y aumentó los honorarios del letrado y de la perito médica.
Accidente
- Ley Especial
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de interés y los honorarios. Respecto a la tasa de interés, aplicó la prevista en las Actas 2601, 2630 y 2658 de la CNAT, con capitalización anual conforme al art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial. En cuanto a los honorarios, los elevó para el letrado a $748.740 (60 UMA) y para la perito médica a $320.000.
Fundamentos principales:
- La tasa de interés debe compensar al acreedor que se vio privado de su crédito durante un período prolongado, evitando la licuación del crédito por la inflación.
- Corresponde aplicar la tasa y capitalización previstas en las Actas 2601, 2630, 2658 y 2764 de la CNAT, por ser más equitativas y razonables.
- Los honorarios fijados en primera instancia no resultaban equitativos, por lo que correspondía elevarlos considerando la extensión, mérito e importancia de las tareas desarrolladas.
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