MILDENBERGER, JOSE LUIS c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo, pero la sentencia de primera instancia fue rechazada. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la decisión y ordenó imponer las costas en el orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Accidente de trabajo sufrido el 16/06/2015
- Decisión de primera instancia: Se rechazó la demanda
- Fundamentos de la Cámara:
- La fijación de costas debe realizarse con criterio jurídico, aplicando los arts. 68 y 71 del CPCCN, teniendo en cuenta el progreso de la demanda, los fundamentos de los planteos y la razón o sinrazón de litigar.
- Considerando que el actor sufrió un accidente laboral y no es experto en medicina, bien pudo considerarse asistido con derecho a reclamar.
- Por ello, se imponen las costas de ambas instancias en el orden causado y las comunes por mitades.
- Regulación de honorarios del letrado del actor en el 30% de lo que le corresponda por la instancia anterior.
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