GONZALEZ, HUGO RODOLFO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por reparación sistémica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el alcance de la incapacidad psicológica reconocida y reformuló los montos indemnizatorios.
Reparación sistémica por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Reconoció una incapacidad física del 4,2% de la t.o. y desestimó la incapacidad psicológica del 10% dispuesta en origen. Confirmó los intereses y la capitalización de los mismos a partir de la notificación de la demanda. Reformuló los montos indemnizatorios.
Fundamentos principales:
- La pericia psicológica no aportó un análisis detallado y razonado que justifique la incapacidad psicológica del 10%. Si bien el perito diagnosticó una RVAN grado II, no explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a ese diagnóstico ni vinculó adecuadamente la patología con el hecho dañoso.
- Corresponde aplicar el sistema de capitalización de intereses previsto en el art. 770 inc. b CCCN, ya que la acción fue iniciada con posterioridad a su entrada en vigencia. La capitalización no resulta inconstitucional ni viola el orden público.
- Los honorarios de letrados y peritos fueron regulados conforme a la ley 27.423.
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