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GONZALEZ, HUGO RODOLFO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por reparación sistémica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó el alcance de la incapacidad psicológica reconocida y reformuló los montos indemnizatorios.

Honorarios Capitalizacion de intereses Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo

Reparación sistémica por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Reconoció una incapacidad física del 4,2% de la t.o. y desestimó la incapacidad psicológica del 10% dispuesta en origen. Confirmó los intereses y la capitalización de los mismos a partir de la notificación de la demanda. Reformuló los montos indemnizatorios. Fundamentos principales:
- La pericia psicológica no aportó un análisis detallado y razonado que justifique la incapacidad psicológica del 10%. Si bien el perito diagnosticó una RVAN grado II, no explicó las circunstancias fácticas y científicas que lo llevaron a ese diagnóstico ni vinculó adecuadamente la patología con el hecho dañoso.
- Corresponde aplicar el sistema de capitalización de intereses previsto en el art. 770 inc. b CCCN, ya que la acción fue iniciada con posterioridad a su entrada en vigencia. La capitalización no resulta inconstitucional ni viola el orden público.
- Los honorarios de letrados y peritos fueron regulados conforme a la ley 27.423.

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