CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25
El Club Atlético San Lorenzo de Almagro y varios de sus directivos recurrieron la resolución administrativa que les impuso multas por incumplimientos en materia de reporte sistemático de operaciones y política de identificación y conocimiento del cliente. La Cámara confirmó parcialmente la resolución, reduciendo los montos de las multas por considerar desproporcionada su cuantificación.
¿Quién es el actor?
Club Atlético San Lorenzo de Almagro y varios de sus directivos
¿A quién se demanda?
Unidad de Información Financiera (UIF)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra resolución administrativa que impuso multas por incumplimientos en materia de reporte sistemático de operaciones y política de identificación y conocimiento del cliente
¿Qué se resolvió?
Se reduce el monto de las multas aplicadas, considerando desproporcionada la cuantificación, quedando la multa al club en $116.000 y a los directivos en $110.000 en total
Fundamentos principales:
- La UIF tiene facultades para regular y fiscalizar a los clubes de fútbol como sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
- Si bien la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) tiene un rol destacado en la organización y regulación del fútbol, ello no excluye que los clubes también ejerzan funciones de organización y regulación, que justifican su sujeción a las normas.
- La falta de reporte sistemático de operaciones y el incumplimiento de la política de identificación y conocimiento del cliente se encuentran acreditados, configurando infracciones administrativas.
- Sin embargo, el monto máximo de las multas impuestas no se encuentra debidamente justificado, configurando un exceso de punición que debe ser reducido.
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