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VAZQUEZ, MARCELO PABLO c/ UIF s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

El Club Atlético San Lorenzo de Almagro y varios de sus directivos promovieron recursos directos contra la resolución sancionatoria de la Unidad de Información Financiera. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sanción, reduciendo el monto de las multas aplicadas.

Sancion administrativa Lavado de activos Sujetos obligados Financiacion del terrorismo Exceso de punicion Clubes de futbol


¿Quién es el actor?

Club Atlético San Lorenzo de Almagro y varios de sus directivos (Matías Daniel Lammens Núñez, Miguel Marcelo Mastrosimone, Ramiro Monner Sans, Leonardo José Lipera, Alejandro Martín Maccio, Marcelo Daniel Ercolano, Marcelo Pablo Vázquez)

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la Resolución UIF N° 175/2018 que les impuso multas por incumplimientos a la normativa de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la resolución, reduciendo el monto de las multas impuestas al Club Atlético San Lorenzo de Almagro a $116.000 y a los directivos a $110.000 en total. Los principales fundamentos fueron:
- La Resolución UIF N° 32/2012 que incluyó a los clubes de fútbol como sujetos obligados no configura un exceso reglamentario.
- Si bien se acreditaron los incumplimientos, la ausencia de justificación concreta y específica de la imposición de la máxima sanción prevista configuró un exceso de punición.
- Se redujo el monto de las multas atendiendo a la magnitud de los incumplimientos imputados a cada grupo de recurrentes.

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