CLUB ATLETICO SAN LORENZO DE ALMAGRO c/ UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25
El Club Atlético San Lorenzo de Almagro promovió recurso contra la sanción impuesta por la Unidad de Información Financiera por incumplimiento de las políticas de identificación y conocimiento del cliente. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó los recursos y confirmó la multa aplicada.
¿Quién es el actor?
Club Atlético San Lorenzo de Almagro (CASLA)
¿A quién se demanda?
Unidad de Información Financiera (UIF)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de sanción de multa por incumplimiento de la normativa de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de CASLA y de diversos ex directivos del club, y confirmó la resolución sancionatoria de la UIF.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Resolución UIF N° 32/12 que regula las obligaciones de los clubes de fútbol en materia de prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo no excede los límites de la ley 25.246.
- CASLA incumplió las obligaciones de identificación y conocimiento del cliente, declaración jurada de Personas Expuestas Políticamente (PEP) y verificación de listas de terroristas.
- Las sanciones aplicadas se ajustan a las previsiones legales y no resultan desproporcionadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: