ALLARIO MAGDALENA ESTRELLA Y TOLESANO LUIS RAMON S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de declaración de sucesión intestada por fallecimiento de los causantes. El Tribunal declaró herederas universales a TERESA TOLESANO y ALICIA BEATRIZ TOLESANO por ambos causantes y a MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO como heredera de los bienes propios de LUIS RAMON TOLESANO, fundando la decisión en certificados de defunción, estado civil y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Quién es el actor?
Conforme el encabezamiento del expediente, ALLARIO MAGDALENA ESTRELLA y TOLESANO LUIS RAMON son las partes actoras del expediente de sucesión ab-intestato.
¿A quién se demanda?
No existe demandado específico en la actuación; se tramita la declaración de sucesión por fallecimiento de los causantes.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaración de herederos por fallecimiento de LUIS RAMON TOLESANO (f. 22/10/2022) y de MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO (f. 05/12/2025), conforme a la sucesión ab-intestato.
¿Qué se resolvió?
Se declara, en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, la sucesión de ambos causantes y se designan como herederas universales a TERESA TOLESANO y ALICIA BEATRIZ TOLESANO; además se declara heredera en cuanto a bienes propios a MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO respecto de LUIS RAMON TOLESANO, sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1) Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita el fallecimiento de LUIS RAMON TOLESANO ocurrido el día 22 de octubre de 2022.
2) Que con el certificado adjunto se acredita la defunción de MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO ocurrida el día 5 de diciembre de 2025.
3) Que los causantes eran casados entre sí, conforme se acredita con el certificado de matrimonio el día 26 de febrero de 1949.
4) Que de esa unión nacieron TERESA TOLESANO el día 29 de octubre de 1950 y ALICIA BEATRIZ TOLESANO el día 3 de octubre de 1955.
5) Que con los diarios y recibos adjuntos consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto.-
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2434, 2426 y 2433 y cc. del Código Civil y Comercial y artículos 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LUIS RAMON TOLESANO le suceden en carácter de universales herederas sus hijas TERESA TOLESANO y ALICIA BEATRIZ TOLESANO y su cónyuge MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO a quien también se lo declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales, y que por fallecimiento de MAGDALENA TERESA ALLARIO le suceden en carácter de universales herederas sus hijas TERESA TOLESANO y ALICIA BEATRIZ TOLESANO.
REGISTRESE.-"
Texto adicional de notificación: "La presente se notifica electrónicamente en los términos del art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021 - SCBA."
(Se consignan las fechas de fallecimiento: 22/10/2022 para LUIS RAMON TOLESANO y 05/12/2025 para MAGDALENA ESTRELLA ALLARIO; nacimiento de las herederas: 29/10/1950 y 03/10/1955.)
No constan votos en disidencia registrados en el texto aportado.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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