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Primera Instancia

DEMEDICI DORA MARCELA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Los hijos promovieron la sucesión abintestato de Dora Marcela Demedici para que se declare su patrimonio heredado por éstos. El Tribunal declaró que por fallecimiento de Dora Marcela Demedici le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Arturo Javier Blanco y Alberto Andrés Blanco, practicándose las publicaciones de edictos previstas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº12 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-36412-2026
Sucesion ab-intestato Declaracion de herederos Herederos universales Hijos Publicacion de edictos (art. 734 cpcc) Codigo civil y comercial (arts. 2424 y ss.) Registro Notificacion electronica (acordada 4039/2021) Fallecimiento 02/07/2026 Procedimiento sucesorio primera instancia

¿Quién es el actor?

ARTURO JAVIER BLANCO y ALBERTO ANDRES BLANCO (hijos de la causante).

¿A quién se demanda?

La Sucesión de DORA MARCELA DEMEDICI (procedimiento sucesorio ab-intestato).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita que se declare la sucesión ab-intestato y que se reconozca a los hijos como herederos universales de la causante DORA MARCELA DEMEDICI.

¿Qué se resolvió?

Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de DORA MARCELA DEMEDICI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ARTURO JAVIER BLANCO y ALBERTO ANDRES BLANCO. Se ordenó registrar y se dejó constancia de la notificación electrónica.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1º) Que con el certificado acompañado al escrito liminar se acredita la defunción de DORA MARCELA DEMEDICI, ocurrida el 2/7/2026.-

2º) Que este había contraído matrimonio con ARTURO ISIDRO BLANCO el día 11/7/1975 quien falleciera el 22/3/1996 (ver adjuntos al escrito de inicio).-

3º) Que de esa unión nacieron ARTURO JAVIER BLANCO (9/7/1976) Y ALBERTO ANDRES BLANCO (10/11/1978) (ver P.E. de fecha 7/9/2026 y 9/9/2026).-

4º) Que con los diarios y recibos de fecha 22/9/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del CPCC., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario en este acto.-

Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2424, 2426, 2427, 2428 y c. c. del Código Civil y Comercial de la Nación (aprobado por Ley 26.994) y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de DORA MARCELA DEMEDICI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ARTURO JAVIER BLANCO Y ALBERTO ANDRES BLANCO.-

REGISTRESE.-

La presente se notifica electrónicamente en los términos del art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021 - SCBA.-"

(Se transcriben los considerandos y el dispositivo tal cual aparecen en el acto. No constan votos en disidencia ni firma nominativa del juez en el texto suministrado.)

Leyes que cita

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