JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en expte. 20.169/2024 (Cámara en lo Civil y Comercial - Sala II - Vocalía 4) Recurso de Apelación en C-169.221/2020 daños y perjuicios: Snopek, María Eugenia Tulia y Morales, Gerardo Rubén c/ Marti Coll, Ca

El Dr. Guillermo Eugenio Mario Snopek interpuso recurso de inconstitucionalidad, por sus propios derechos, contra la distribución de costas en un proceso por daños y perjuicios. La Suprema Corte de Jujuy rechazó el recurso por falta de legitimación del letrado para impugnar, por derecho propio, la imposición de costas y por ausencia de arbitrariedad en la decisión recurrida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala I-Vocalía 2 (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala I-Vocalía 2
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
CF-21791/2025
Recurso de inconstitucionalidad Costas Legitimacion por derecho propio Honorarios Uma Arbitrariedad Proceso civil Desistimiento Condena en costas Regulacion de honorarios ($725.218).

¿Quién es el actor?

Dr. Guillermo Eugenio Mario Snopek, por sus propios derechos (recurrente).

¿A quién se demanda?

Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial (resolución recurrida que impuso costas por el orden causado y difirió regulación de honorarios); parte agravada representada por Dr. Jorge A. Ripoll contestó el recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se reclama que se haga lugar al recurso de inconstitucionalidad y se revoque la distribución de costas que impuso costas por el orden causado a favor del demandado, haciendo recaer las costas sobre los actores que desistieron; y se impugna la fundamentación que habría apartado la aplicación del art. 315 del Código Procesal Civil y Comercial.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad; se impusieron las costas de la instancia al recurrente; se regularon honorarios al Dr. Jorge A. Ripoll por $725.218 (13 UMA) y no se regularon honorarios al Dr. Snopek por haber intervenido por derecho propio y resultar condenado en costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer término, cabe señalar que es reiterada doctrina de esta Corte, que las cuestiones relativas a la imposición de las costas constituyen, por regla, materia de naturaleza procesal ajena a la instancia extraordinaria, salvo que se configure un supuesto de arbitrariedad que justifique apartarse de ese principio.

No advierto que, en el caso, se configure tal supuesto excepcional.

En efecto, la sentencia recurrida contiene fundamentos suficientes para sostener la solución adoptada. La Cámara ponderó que el demandado no había llegado a contestar la demanda, circunstancia que, además, fue expresamente reconocida por el propio recurrente en el recurso de inconstitucionalidad, al admitir que la demanda no había llegado a contestarse, aun cuando sostuvo que sí existió labor profesional durante la tramitación de la causa.

Por ello, el Tribunal consideró que no había existido un despliegue profesional que justificara imponer las costas a los actores. Tales fundamentos, más allá del acierto o error que pudiera atribuírseles, son suficientes para descartar la arbitrariedad invocada."

"El Dr. Guillermo Eugenio Mario Snopek interpuso el recurso de inconstitucionalidad por sus propios derechos. Esa circunstancia delimita el ámbito de su pretensión recursiva, pues, al actuar en tal carácter, solo se encuentra legitimado para cuestionar aquellas decisiones que produzcan una afectación propia, directa y actual de derechos de los que sea titular.

...

La circunstancia de que los honorarios profesionales integren las costas no convierte al abogado en titular de la relación procesal propia de las partes. El profesional se encuentra legitimado para solicitar, discutir o recurrir la regulación de sus propios honorarios y cuestionar aquellas decisiones que afecten concretamente su crédito arancelario, pero esa legitimación no se extiende a controvertir, por derecho propio, cuál de las partes debe soportar las costas del proceso."

Asimismo se cita y reitera jurisprudencia de la propia Sala y de la Corte Suprema sobre la inadmisibilidad de recursos presentados por abogados por sus propios derechos cuando se pretende tutelar intereses de terceros.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.