OBREDOR Walter y otro c/ HQE S.R.L. Ejecutivo (I y II Cpo.) s/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
Los actores cuestionaron la validez de cesiones de créditos y la competencia del fuero federal en una ejecución promovida por HQE S.R.L.; se impugnó además la constitucionalidad de la norma invocada. La Sala Primera desestimó el planteo de inconstitucionalidad, confirmó la valoración de la instancia anterior sobre la operatividad y efectos de las cesiones y devolvió copia al tribunal de casación conforme al dispositivo.
¿Quién es el actor?
Obredor Walter y otro (actores recurrentes contra la sentencia)
¿A quién se demanda?
HQE S.R.L. (y demás intervinientes en la ejecución)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se discute la validez y efectos de cesiones de derechos litigiosos y la competencia/efectos en la ejecución; se plantea además inconstitucionalidad de normas aplicadas (referencia al art. 2275 y demás normas citadas).
¿Qué se resolvió?
La Sala Primera, por mayoría, resolvió desestimar el planteo de inconstitucionalidad; devolvió copia para casación y ordenó protocolizar, notificar y archivar oportunamente. En suma, se rechazaron los agravios relativos a la invalidez de las cesiones y la inconstitucionalidad alegada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En votación el Tribunal acuerda: RESUELVE: I) la Desestimar inconstitucionalidad II) Devolver ñada. III) al casación copia para Protocolícese, notifíque y la antecede, formalmente y recurrente que los re- interpuestos. traslado acompa- oportunamente ar- chívense.-"
"En efecto, el recurrente afirma que la formalidad exigida del Código Civil (art. 1455 y concordantes) no se habría cumplimentado; sin embargo, el Tribunal determina que la cesión se encuentra a) la firma autenticada del convenio por lo que por ello no fulminan frente la Sra. las aun tratándose la luego de presentación en y suficiente observaciones también de- instrumento es a contratantes quienes presentan las ratificar, no"
"Lo dicho hace que también quede sin vio vinculado con la validez de pagos posterioridad entiende al operada 26/03/2003 la fecha de sustento la la el efectuados que cesión el al agracon Tribunal deudor-"
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo siguió la propuesta mayoritaria; se consignan votos de los señores ministros (José Abel Soria Vega, Carlos Eduardo Balaguer, Ángel Humberto Medina Pal) y la decisión colectiva que figura en el bloque resolutivo final. No se registra un voto en disidencia que modifique el resultado mayoritario en el dispositivo final.
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
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