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Primera Instancia

GUZMAN, ULISES EDUARDO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS

Demanda de reajuste de haberes previsionales contra ANSES por recalculo de haber y diferencias retroactivas. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de varios decretos (163/2020, 495/2020, 807/2016 y art. 3 del Decreto 157/2018) en los términos indicados y ordenó a ANSES recalcular y pagar el nuevo haber con diferencias e intereses en 120 días hábiles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE VICTORIA - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 007186/2025
Guzman Anses Reajuste de haberes Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad decretos 163/2020 495/2020 807/2016 Prescripcion art.82 ley 18.037 Intereses tasa pasiva bcra Ley 24.241 Liquidacion de haberes Costas y honorarios ley 27.423.

¿Quién es el actor?

Ulises Eduardo Guzmán.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y movilidad de haberes previsionales; pago de nuevas liquidaciones y diferencias retroactivas del haber otorgado bajo la Ley N° 24.241, cuestionando cálculos del haber inicial, la movilidad aplicada y la inclusión de aportes autónomos; se plantean inconstitucionalidades de decretos y normas administrativas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020 y 495/2020 en la medida en que sus incrementos resulten inferiores a los que hubiesen correspondido conforme a la Ley N° 27.426; se revocó el acto administrativo impugnado y se ordenó a ANSES a abonar el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación, con intereses conforme a la tasa pasiva promedio mensual publicada por el Banco Central, en el término de ciento veinte (120) días hábiles; además se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 y del art. 3 del Decreto 157/2018, aplicándose el art. 36 de la Ley N° 27.423 y afectándose las costas a la demandada; se hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de los términos que excedan los dos (2) años previos a la interposición del reclamo administrativo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, en primer lugar, en atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la Ley N° 18.037 (t.o. en 1976), corresponde hacer lugar por los términos que excedan los dos (2) años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución que se impugna."

"Que, al tratar el fondo de la cuestión planteada, corresponde traer a colación la doctrina del leal acatamiento... si bien las sentencias del Tribunal Cimero solo deciden en los procesos concretos que le son sometidos y no resultan obligatorias para casos análogos, los jueces inferiores tienen el deber de conformar sus decisiones a aquellas..." (cita Fallos: 307:1094; 312:2007).

"Que, por otro lado, como resultado de lo dispuesto por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná en los autos: 'Sabardan, Miguel Angel c/ Anses s/ Reajuste De Haberes', sentencia de fecha 09/04/2021,... los Decretos N° 163/2020 y 495/2020 se reputan -para el caso- inconstitucionales en la medida en que los incrementos por movilidad jubilatoria allí establecidos resulten inferiores a los que hubiesen correspondido por aplicación de las pautas de la Ley N° 27.426."

"Que, por lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda, revocar el acto administrativo impugnado, y ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) abonar a la parte actora el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación, conforme lo dispuesto en los considerandos precedentes, en el término de ciento veinte (120) días hábiles (art. 22 de la Ley 24.463)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en el bloque resolutorio; la Parte Resolutiva final es la que manda.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463Solidaridad previsional

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