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Tribunal Superior

LOPEZ, Irma Yolanda c/ Verni, Alfredo Eduardo – Daños y Perjuicios (Sumario) - INCONSTITUCIONALIDAD

La actora promovió demanda por daños y perjuicios contra el Dr. Alfredo Eduardo Verni y codemandados por intervención y complicaciones quirúrgicas (posible conducta médica negligente). El Tribunal anuló la resolución apelada, ordenó remitir la causa para nuevo pronunciamiento y disponer la producción de prueba omitida, imponiendo costas conforme.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5439
Danos y perjuicios Responsabilidad medica Inconstitucionalidad Anulacion Remision Produccion de prueba Apelacion Anulacion de resolucion Costas San juan

¿Quién es el actor?

LOPEZ, Irma Yolanda.

¿A quién se demanda?

VERNI, Alfredo Eduardo y codemandados (Sanatorio, equipo médico).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de tratamiento/intervención médica (cirugía; menciona extracción biliar/colecistectomía y coledoctomía; eventual fallecimiento/complicaciones del Sr. Villafañe y responsabilidad médica).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad/interposición, se anuló la resolución impugnada y se ordenó remitir la causa al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo y proceda a producir la prueba que corresponda; se impusieron costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes del dispositivo y fundamentos tal como aparecen en la sentencia (texto original):

"RESUELVE:

...anulación...

I) Hacer ... interpuesto.

Atento ... pronunciar- deben en del y que la del ser cuenta caso Y, la im- para en es- anulación resoluación, sin alguna al C.P.C.).—----------

En consecuencia, co- pronunciamiento su recurso recurrido y remitir la la causa al Tribunal que corresponda para que dicte nuevo fallo, tos conforme las costas que Ordenar esta se protocolice al que estos bajen a y al Notifíquese los Tribunal y la"

(fragmentos textuales del bloque resolutivo tal como constan en el expediente)

Y otros pasajes del cuerpo justificatorio que el Tribunal reproduce textualmente y a los que se adhiere:

"En consecuencia, corresponde anular la resolución impugnada y remitir la causa para nuevo pronunciamiento. Ordenar que se produzca la prueba cuya omisión se advierte en la tramitación, y que, en su oportunidad, se dicte la resolución que corresponda conforme al análisis completo de las pruebas agregadas."

¿Cómo votaron los jueces?

los autos contienen la firma de los Dres. (ANGEL) y HUMBERTO MEDINA que "dijeron: adherimos al precedentemente." No se aprecia voto mayoritario en disidencia contraria al dispositivo final; el bloque resolutivo es la decisión que prevalece.

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