P.F.M. c/ T.J.R. - filiación s/ INCONSTITUCIONALIDAD
La actora interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia de la Cámara que rechazó la indemnización por daño moral derivado de la falta de reconocimiento de filiación. La Sala Primera desestimó el recurso: consideró que la Cámara valoró adecuadamente la prueba y que la sola omisión de reconocimiento no configura en sí misma el daño indemnizable, por lo que rechazó la impugnación.
¿Quién es el actor?
Parte actora identificada como DR. ÁNGEL HUMBERTO MEDINA PALÁ (actúa en representación del menor/relacionado con la causa).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Sala Cuarta de la Cámara Civil, Comercial y de Minería (autor de la resolución recurrida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia que rechazó demanda de indemnización por daño moral por omisión de reconocimiento de filiación.
¿Qué se resolvió?
Se desestima el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto y se ordena archivar; notifíquese y devuélvase la copia acompañada. (Resolución mayoritaria expuesta en el bloque dispositiv o).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte actora DR. ÁNGEL HUMBERTO MEDINA PALÁ, ... plantea en recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la dictada por la Sala Cuarta Cámara Civil, Comercial Minería."
"la apelación rechazó la indemnización ... considerar que, atribuida la existencia del daño; y conocimiento del vínculo que dado se allanó y de medida que la entre la con quien, acorde sufrió las omisión en aquél había el fallo violación proceso, por a del sus tutela violentar no lido, tanto a qguo, derechos puede ha principio la existencia anterioridad se hizo el médeman- filiaciónal e reconomeses de disvaliosas de incurrido."
"En primer lugar que se rechaza la indemnización tiene que, cuando se trata de paternidad, la ella deriva lugar, del demandado que la sola omisión de reconocimiento ocurrió para actuar y la que obtener de en del forma es objetiva espontáneo dolosa y pues del libre, parte debió falta de reconocimiento (Cód. Civil)."
"no cabe sino concluir ... que el actuario, al confeccionar el certificado, ha invertido las parte ... Tal error que causa que por que tal la cobra corresponde errónea mayor gravedad la parte afectada, determinante de la desestimación."
Bloque resolutivo final, transcripto tal cual:
"RESUELVE: I) Protodolicese, para traslado y II) Devolver acompañada. notifíquese que formalmente interpuesto. III) Desestimar inconstitucionalidad la recurrente. IV) Rolando Cabrera confeccionara. archívense."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. José Abel Soria Vega, Carlos Eduardo Balaguer y otro (Dr. ANGEL HUMBERTO MEDINA PALÁ figura como actor; los votantes se adhieren al voto principal). En el cuerpo se consigna adhesión: "nos adherimos precedentemente." No se advierten disidencias que modifiquen el dispositivo final.
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