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Tribunal Superior

PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Fachetti, Susana Beatriz – Ejecución Fiscal – INCONSTITUCIONALIDAD y CASACIÓN

La Provincia de San Juan promovió ejecución fiscal y cuestionó la constitucionalidad de normas tributarias; la parte recurrente interpuso recurso de casación. La Corte hizo lugar al recurso de casación, anuló la resolución de la instancia anterior y ordenó remitir la causa para que se dicte nuevo fallo, disponiendo medidas procesales y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5575
Ejecucion fiscal Casacion Inconstitucionalidad Codigo tributario provincial Anulacion Remision Costas Tribunal de origen San juan Procedimiento tributario Observaciones: el texto aportado esta parcialmente danado/escaneado Se reprodujeron integramente las partes dispositivas legibles del fallo. el bloque final del fallo (lo resolutorio) es la fuente que determina la decision mayoritaria y por ello se ha priorizado su transcripcion.

¿Quién es el actor?

Provincia de San Juan.

¿A quién se demanda?

Susana Beatriz Fachetti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal; se planteó inconstitucionalidad de normas del orden tributario y se interpuso recurso de casación contra la resolución de la Cámara (impugnación de la decisión que declaró prescripta/interpretó normas del Código Tributario y del Código Civil/Procedimientos).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto, se anuló la resolución del tribunal de origen y se remitió la causa para que el tribunal de grado entienda nuevamente y dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto. Se ordenaron notificaciones, agregados al expediente y se dispuso imposición de costas a la parte vencida (según lo dispuesto en el dispositivo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Hacer lugar al recurso interpuesto, anular la resolución la tribunal de origen para que deba entender causa al miento, la resultado remita cte nuevo."

"III) Imponer las ... cost as"

"IV) Ordenar que agregue ... fallo al ... Notifíquese ... archívense."

(Del bloque dispositivo del fallo: la Corte acuerda anular la resolución atacada y disponer el reenvío para nuevo pronunciamiento, con las cargas procesales y notificaciones que se indican.)

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo fue adoptado por la Sala Primera con adhesión de los señores ministros (entre ellos Dr. Juan [apellido ilegible en el escaneo] y Dr. Carlos Caballero Vidal), cuyo dispositivo figura firmado. Los votos de la mayoría dispusieron la anulación y remisión; en el expediente constan adhesiones al voto preopinante y la decisión final contenida en el bloque resolutorio es la que manda.

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