PROVINCIA DE SAN JUAN c/ La Falda S.A. - Ejecutivo - INCONSTITUCIONALIDAD y CASACIÓN
La actora impugnó decisiones administrativas/tributarias de la Provincia reclamando la improcedencia de la prescripción y la nulidad por inconstitucionalidad. La Corte provincial rechazó la pretensión recursiva y confirmó las decisiones recurridas, declarando que las acciones se encuentran prescritas y ordenando imponer las costas a la actora.
¿Quién es el actor?
La parte actora identificada como “PROVINCIA Falda S.A.” (la actora/impugnante según la carátula).
¿A quién se demanda?
La Provincia (actuante por su órgano ejecutivo/Tribunal de origen).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la aplicación de normas relativas al cómputo de la prescripción de una deuda tributaria/obligacional y se plantean cuestiones de inconstitucionalidad y recurso de casación contra la sentencia que declaró la prescripción y confirmó la deuda.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la pretensión recursiva y se confirmó lo decidido en las instancias anteriores; se declaró que las acciones estaban prescritas o que correspondía confirmar la prescripción, las cuestiones restantes se tornaron abstractas; se impusieron las costas a la actora y se ordenó archivar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"RESUELVE:
I)
Rechazar ... la pretensión recursiva ... y en consecuencia, confirmar las correspondientes demandadas. Declarar que las acciones ... en la presente ... se han tornado abstractas."
"Imponer ... las costas en todas las instancias al den... causado."
"Notifíquese a los autos ... y archívense."
Del cuerpo del voto y considerandos (extractos textuales relevantes citados en el fallo):
"Rechazar ... la pretensión recursiva ... confirmar las correspondientes demandadas. Declarar que las acciones ... se han tornado abstractas."
"Como razones el ... la doctrina fijada en dicho fallo plenario sostiene la esencia finalidad del 1024, ... el Plenario ... declaró ... aplicable."
"Concluye ... que la deuda ... vencimiento, era el 15/06/1994. La ... cayó el 29/05/2008; mientras ... dilatado trámite ..."
(Votos adherentes) "Nos adherimos al voto emitido precedentemente."
Observación sobre mayorías: el bloque dispositivo final del acuerdo (RESUELVE) es el que manda y fue signado por los ministros que conformaron la Sala Primera; las firmas aparecen (Br. JOSE-ABEL SORIA VEGA; Dr CARLOS EDUARDO DALAGÚER; ANGEL HIMBERTO MEDINA BALÁ), por lo que la resolución consignada es la que resulta de la mayoría del Tribunal.
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