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Tribunal Superior

C/ PERUZZI Hugo Esteban y Carrizo Raúl Néstor - por robo y amenazas - CASACIÓN

Acusado por robo y amenazas; se impuso pena de dos años y seis meses de prisión por la comisión del hecho. La Sala Segunda rechazó el recurso de casación planteado por la defensa, sosteniendo la validez de la valoración testimonial y que no se vulneraron las garantías procesales que justificaran la revocación de la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5982
Casacion Robo Amenazas Prueba testimonial Valoracion probatoria Contradiccion Garantia de defensa Condena (2 anos y 6 meses) Rechazo de recurso Penal

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / Ministerio Fiscal (parte acusadora en la causa penal).

¿A quién se demanda?

Hugo Esteban (imputado) — también figura Raúl Néstor Carrizo en la carátula.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación mediante recurso de casación contra la sentencia condenatoria por robo y amenazas.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el recurso de casación; se confirmó la sentencia condenatoria que impuso a Hugo Esteban la pena de dos años y seis meses de prisión y las costas (según obra el dispositivo y la sentencia apelada).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones de los párrafos más relevantes y citas textuales (texto original del tribunal):

"I) Rechazar ... el recurso de casación interpuesto." (bloque resolutorio)

"Adviértase ... que el acta del debate (fs. 218 vta./220) lleva consignado que la citación oficial a la testigo Noelia Yésica Ortiz se verificó y que su testimonio, incorporado al debate, adquiere plena validez."

"La prueba testimonial fue incorporada conforme las previsiones del Código Procesal Penal; en virtud de ello y de la valoración que efectuó el tribunal de mérito, no cabe reputar vulnerada la garantía de contradicción ni la de defensa que impondría la revocación de la sentencia."

Explicación sucinta de la argumentación: la Sala considera que los cuestionamientos sobre supuestas contradicciones y sobre la incorporación de declaraciones no prosperan porque las diligencias de citación y la oportunidad procesal para controvertir la prueba se ajustaron a lo previsto por el ordenamiento; la valoración de la credibilidad testimonial y la decisión de fondo corresponden al tribunal de grado y no resultan revisables en casación por ausencia de lesión constitucional o error manifiesto en la valoración probatoria.

¿Cómo votaron los jueces?

el voto del señor Peruzzi integra la propuesta; adhieren los demás ministros que firman el acuerdo, por lo que la decisión de rechazo constituye la resolución de mayoría.

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