CIARES, MARTA EULALIA c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986
Amparo por afiliada de PAMI para obtener ipilimumab para melanoma metastásico. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y ordenó a PAMI autorizar y entregar ipilimumab dentro de 24 horas, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por 14 UMA.
¿Quién es el actor?
Marta Eulalia Ciares (afiliada a PAMI, jubilada).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de autorización y entrega del fármaco oncológico ipilimumab (5 mg/ml) 50 mg/10 ml vial x 1 x 2 para tratamiento cada 3 semanas por 4 ciclos, indicado por la médica tratante para melanoma con progresión pulmonar y múltiples metástasis.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a PAMI que, dentro de las 24 horas de notificada la resolución, autorice y entregue la medicación ipilimumab en la forma y posología solicitadas por la médica tratante; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios de 14 UMA ($1.512.070) para la abogada de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la acción de amparo es un proceso excepcional, sólo utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que por la carencia de otras vías legales aptas peligra la salvaguarda de derechos fundamentales, requiriendo para su apertura circunstancias de muy definida excepción, tipificadas por la presencia de arbitrariedad, irrazonabilidad e ilegalidad manifiestas..."
"se encuentra acreditado con la documentación acompañada en las presentes actuaciones que Marta Eulalia Ciares ... padece un tumor en fosa nasal derecha, melanoma, progresión pulmonar y múltiples metástasis, por lo que la médica tratante le indicó iniciar un tratamiento con ipilimumab 3mg/kg IV cada 3 semanas por 4 ciclos de forma urgente por rápida progresión de la enfermedad..."
"la respuesta brindada por PAMI resulta arbitraria e infundada, puesto que desconoce la prescripción de la profesional tratante que es quien se encuentra en mejores condiciones de indicar el tratamiento para su paciente ... resulta lesivo del derecho a la salud desautorizar el tratamiento del profesional, máxime cuando éste es un prestador médico de la propia obra social..."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el dispositivo final.
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Leyes que cita
- Ley 16.986Amparo
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