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Cámara de Apelaciones

Legajo N° 4 - IMPUTADO: ARNEZ MURIEL, FÉLIX FERNANDO s/LEGAJO DE CONTROL

Prórroga de prisión preventiva respecto de Félix Fernando Arnez Muriel por seis meses. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga dispuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 y ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir copia al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMP 017371/2023/TO01/30/4
Prorroga de prision preventiva Prision preventiva Ley 24.390 Casacion penal Tribunal oral Toma de nota Notificacion Pase digital Audiencia de debate Juicio abreviado

¿Quién es el actor?

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (autor de la resolución que prorroga la prisión preventiva).

Demandado/Interesado: Félix Fernando Arnez Muriel.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prórroga de la prisión preventiva que viene cumpliendo el imputado por el término de seis (6) meses, desde el 4/10/2026 hasta el 4/4/2027, o hasta que se resuelva su situación procesal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, Sala I, tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Félix Fernando Arnez Muriel por el término de seis meses o hasta que se resuelva su situación procesal, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento; ordenó registrar, notificar, comunicar (CSJN, Ac. N°10/2025) y remitir la presente al tribunal de origen mediante pase digital.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El 5 de octubre de 2026, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 de esta ciudad resolvió -en lo que aquí interesa-: '[...] V. Prorrogar la prisión preventiva que viene cumpliendo Félix Fernando Arnez Muriel [...] por el término de SEIS (6) MESES, a partir del 4 de octubre de 2026 hasta el 4 de abril de 2027 (artículos 1° y 3° de la Ley 24.390, texto según Ley 25.430) [...]' (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original)."

"En atención a lo previamente expuesto y a los fundamentos dados por el tribunal oral, corresponde tomar nota de la prórroga de prisión preventiva dispuesta respecto de Félix Fernando Arnez Muriel por el término de seis meses o hasta que se resuelva su situación procesal, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; la resolución se adoptó por unanimidad de los firmantes que consta en el apartado dispositvo.

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