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Primera Instancia

RAMIREZ HERNANDEZ, BEYKER ISMAEL s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía presentada por un extranjero fue concedida; el Juzgado declaró a Beyker Ismael Ramírez Hernández ciudadano argentino y ordenó expedir la carta de ciudadanía, con las advertencias legales sobre pérdida de nacionalidad anterior y posible cancelación por fraude. La resolución se funda en la inexistencia de causales impeditivas, la regularidad migratoria y el cumplimiento de los requisitos legales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 10- SECRETARIA Nº 20
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 012397/2021
Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Enrolamiento Perdida de nacionalidad Cancelacion por fraude Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Solicitud administrativa-judicial

¿Quién es el actor?

Beyker Ismael Ramírez Hernández (solicitante).

¿A quién se demanda?

Estado nacional (proceso de solicitud de carta de ciudadanía; oficios cursados a autoridades competentes conforme decreto 3213/84).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadano argentino a Beyker Ismael Ramírez Hernández, con obligación de prestar juramento de fidelidad a la República Argentina y de enrolarse dentro de un año, se ordenó expedir la carta de ciudadanía y oficiar al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones, además de comunicar la concesión a la Corte Suprema. Se advirtió sobre la posibilidad de pérdida de la nacionalidad anterior y la eventual cancelación de la ciudadanía por fraude u ocultamiento (art. 15 del Decreto 3213/84).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."

"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"

y la parte dispositiva: "1.- Declarar ciudadano argentino a Beyker Ismael Ramírez Hernández, nacido el 26 de junio de 1991 en Caracas - Distrito Capital República Bolivariana de Venezuela, hijo de Ismael Ramírez y de Bernarda del Carmén Hernández de Ramírez (conf. surge de la partida de nacimiento obrante en autos), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; decisión unipersonal del Juzgado.

Leyes que cita

  • Ley 346Ciudadania
  • Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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