Expte. 6860y6863
La actora reclamó indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito y se discutieron además la legitimación pasiva de la Provincia y la declinación de cobertura de la aseguradora. La Sala Primera aceptó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia (expte. 6863), anuló la parte de la sentencia que la condenaba y ordenó que un tribunal subrogante juzgue nuevamente la apelación; rechazó los recursos en el expte. 6860 en lo principal.
¿Quién es el actor?
Isabel Nélida Altamira (actora principal).
¿A quién se demanda?
Viajes y Turismo Ullum SRL; además Provincia de San Juan (en su carácter de autoridad de contralor) y la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27/11/2001.
¿Qué se resolvió?
Expte. Nº 6860: Se rechazaron los recursos extraordinarios planteados por la actora (y otros recursos conexos) y se impusieron las costas a la parte recurrente en esa instancia.
Expte. Nº 6863: Se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia, se impusieron las costas en el orden causado; se anuló la sentencia recurrida en cuanto admitía la apelación de la parte actora, se dispone que un tribunal subrogante juzgue nuevamente la apelación y se declaró abstracto el recurso de casación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En mi opinión , concurre en el presente caso el supuesto de arbitrariedad que habilita a este Tribunal de garantías constitucionales a revisar lo actuado por la alzada . Particularmente , y en línea con lo que dictamina el Fiscal General , entiendo que la sentencia impugnada carece de fundamentación adecuada , en cuanto no conecta adecuadamente la conducta supuestamente incumplida por el Estado con las normas de las cuales esta derivaría."
"Sin perjuicio del relato de antecedentes de la causa efectuado más arriba, efectuaré a continuación una reseña de las muy particulares circunstancias vinculadas con los recursos planteados en este expediente, que atañen al planteo de declinación: ... Frente a ello , en lugar de reiterar lo ya resuelto en el otro expediente , el tribunal decidió en sentido contrario , es decir , acogiendo la declinación. El tribunal fue más allá : valiéndose de la frase de esta Sala que he transcripto (expediente Nº 5191) , decidió revisar la sentencia dictada en 'Juri de López' ..."
"Por ello , voto por: a) acoger el recurso de inconstitucionalidad ; b) anular la sentencia recurrida en cuanto admite la apelación de la parte actora y , en cuanto ello , como consecuencia de ello , impone costas y regula honorarios; c) disponer que un tribunal subrogante juzgue nuevamente la referida apelación ; d) declarar abstracto el recurso de casación ; e) imponer en el orden causado las costas de esta instancia , en aplicación de la regla general del artículo 20 de la LP - 833 - A ."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Ángel Humberto Medina Palá y José Abel Soria Vega adhirieron al voto precedente.
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