JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Provincia de San Juan C/ Gimenez Luis Emilio y otra - Ejecución Fiscal (en Cont.Adm) S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN

La Provincia de San Juan interpuso recurso extraordinario contra una ejecución fiscal por impuesto automotor y cuestionó la radicación y aplicación normativa. La Sala Segunda denegó el recurso extraordinario por carecer de fundamentación suficiente y plantear críticas formales no aptas para habilitar la vía extraordinaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6659
Recurso extraordinario Denegatoria Ejecucion fiscal Impuesto automotor Radicacion Inconstitucionalidad Fundamentacion Inadmisibilidad Provincia de san juan Costas

¿Quién es el actor?

Provincia de San Juan (parte recurrente).

¿A quién se demanda?

Luis Emilio Giménez y otra/s (ejecución fiscal, cont. adm.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna resolución en ejecución fiscal relativa al impuesto automotor; se plantean cuestiones de inconstitucionalidad, radicación y aplicación normativa/registral.

¿Qué se resolvió?

Se denegó el recurso extraordinario deducido por la Provincia de San Juan, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia (citas textuales tal como aparecen en el fallo):

"RESUELVE:

extraordinario

RÍ-6659

los

por

I)

deducido,

la

Provincia

extraordinarios

similar

al

Denegar

el

con

costas.

de

autos.

recurso"

"entonces, vAsí de una fundamentación seria se apoya en postulados meramente -afirma- son falsos; que además jurisprudencia arbitrario, y de resulta queda la CSJN. evidenciado que corrija la pretensión de que se entender la recurrente que lo decidido de meras discrepancias Tribunal local caso, cual lo en la con valoración demuestra la interpuesto."

"Ello no es suficiente y el que formal no es genera mismo el de hecho darse el impugnado suficiente invocaba en ni extingue caso."

Síntesis del razonamiento: El Tribunal considera que los agravios invocados por la Provincia son, en lo esencial, discrepancias o críticas formales que no aportan una fundamentación jurídica susceptible de habilitar la vía extraordinaria; por ello el recurso carece de derecho y debe rechazarse. Se invocan precedentes de la Corte Suprema sobre la excepcionalidad del recurso federal y la necesidad de sustento jurídico claro y específico para admitir la revisión.

¿Cómo votaron los jueces?

No se identifica en el bloque dispositivo ninguna modificación por votos particulares; prevalece el texto resolutivo que deniega el recurso.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.