ROVAI HORACIO JAVIER C/ ANDINA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor promovió demanda de fijación de honorarios extrajudiciales por actuaciones ante la Comisión Médica N°31B contra Andina ART S.A. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios por un total de 10 unidades jus, imponiendo las costas a la accionada y fijando montos concretos para cada letrado.
¿Quién es el actor?
Dr. Horacio Javier Rovai, en su carácter de letrado del trabajador Vera Leandro Nahuel.
¿A quién se demanda?
Andina ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación judicial de honorarios por labores extrajudiciales desarrolladas ante la Comisión Médica N° 31B (expte. administrativo S.R.T. N° 523026/25) por aplicación del art. 1º de la ley 27.348 y la ley arancelaria provincial (ley 14967).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se fijaron como remuneración total 10 unidades jus a favor del Dr. Rovai, imponiendo el pago a Andina ART S.A., con costas a cargo de la demandada; además se regularon los emolumentos individuales (Dr. Horacio Rovai 1,54 jus = $84.436,66; Dr. Rodrigo Gentile 1,10 jus = $60.311,90), con más sus adicionales e IVA si correspondiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, con claridad límpida el artículo dice en forma textual 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)'.- Entiendo con la simple lectura que tanto los honorarios como los gastos del trabajador por su 'participación' ante las Comisiones Médicas 'estarán a cargo de la respectiva aseguradora.'.-"
"De modo que el corolario desfavorable obtenido en Comisión Médica Central en modo alguno puede implicar que la actividad desplegada hubiere sido inoficiosa ... El trabajo oficioso es el trabajo diligente, es decir, la presentación de los escritos y demás diligencias que corresponden a las etapas que el procedimiento requiere mientras que los inoficiosos son aquellos que resultan vanos al progreso del expediente.-"
"Así, del esquema retributivo conjunto que surge del art. 37 de la Resol. SRT N° 298/17 y de las disposiciones de la ley 14967, rigen en el caso las pautas conjuntas establecidas en los arts. 44 y 55 de ésta, que nos marcan cómo reconocer judicialmente a los profesionales por trabajos extrajudiciales y administrativos. En lo concreto, las actuaciones ante organismos de la Administración Pública serán retribuidas considerando el monto del asunto de que se trata, con la escala del art. 21 reducida en un 25%, no pudiendo ser inferior a 10 unidades jus (cfr. Valdéz, Carlos: 'Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores de la provincia de Buenos Aires', Hammurabi, págs. 200 y 235).-"
"Habiendo laborado en el expediente administrativo, al Dr. Horacio Javier Rovai, por sus trabajos en sede administrativa ... le corresponden en total 10 unidades jus (SCBA, RP 873/26), más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder.- El pago de honorarios de profesionales deberá efectuarse en el plazo de diez días, y podrá ser canalizado por el medio de pago que consideren los involucrados conforme las imposiciones de costas y montos correspondientes, con o sin depósito en cuenta judicial.-"
(Bloque dispositivo final, transcripción literal relevante)
"Por lo expuesto en el Acuerdo que precede, el Tribunal RESUELVE:
1.- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. Horacio Javier Rovai contra Andina ART S.A., fijándose sus honorarios por las labores extrajudiciales desarrolladas en el trámite sustanciado ante la Comisión Médica N° 31B delegación San Nicolás en la suma de total 10 unidades jus (SCBA, RP 873/26), más sus aportes de ley e IVA en caso de corresponder, cuyo pago estará a cargo de la accionada, imponiéndose las costas del proceso a la accionada (art. 1, ley 27348; 24, ley 15.057).- ... En mérito al estado de autos y al monto de la sentencia (10 jus), los antecedentes de la causa, el valor, mérito, calidad jurídica de la labor desarrollada, regúlense los emolumentos del Dr. HORACIO JAVIER ROVAI en la suma de un jus con cincuenta y cuatro (1,54), equivalentes a $84.436,66; y los del Dr. RODRIGO XAVIER GENTILE, en la suma de un jus con diez (1,10), equivalentes a $60.311,90; ambos con mas sus adicionales de ley ... Practicar liquidación por Secretaría.-."
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Normas que cita
- Ley 27.348arts. 1, 2 · Riesgos del trabajo
- Resolución 298/17 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)art. 37
- Resolución 319/17 (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 14, 16, 21, 22, 23, 28, 43, 44, 51, 54, 55
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 2 (inc. j), 24, 34
- Ley 5.177 (Provincia De Buenos Aires)arts. 5, 58 (inc. 2)
- Ley 23.349arts. 3 (inc. e), 9
- Resolución 761/2020 (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3845/17 (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. 3, 4, 7, 11
- Acordada 3991/20 (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 10/20 (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)arts. ap. 3, inc. C.2
- Resolución 873/26 (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)
- CPCCPBA (Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires) (Provincia De Buenos Aires)art. 143 (inc. 1)
Fallos que cita
- SCBA, L. 101607SCBA
- SCBA, Ac. 92017SCBA
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