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Primera Instancia

SCIARRA BARBARA C/ AYALA MELINA SOL Y OTRO S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y arribó a un acuerdo conciliatorio por $7.500.000. El Tribunal homologó el acuerdo, impuso costas a la demandada y eximió de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del convenio; reguló honorarios por $1.500.000 para cada letrado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
54542
Despido Homologacion de acuerdo L.c.t. Art. 30 ley 15.057 Tasa de justicia Honorarios Costas a cargo de la demandada Monto $7.500.000 Regulacion honorarios $1.500.000 Cumplimiento puntual del acuerdo.

¿Quién es el actor?

Barbara Sciarra.

¿A quién se demanda?

Melina Sol Ayala (y otro según carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral por despido; se arribó a un acuerdo conciliatorio en audiencia de vista de causa.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000) a favor de la actora y a cargo de la demandada, con costas a cargo de la demandada; eximió de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo; reguló honorarios para los letrados en PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000) c/u (28,17 JUS) más los recargos legales e IVA si correspondiera; fijó plazos y reglas de notificación y pago de honorarios y declaró que en caso de incumplimiento se aplicará el interés pactado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Sra. Jueza Dra. Slavin dijo: la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma (SCBA 10-9-95 'Garzon c/ El Mangrullo..' en Carpetas DT 1985-2434). Debe tenerse presente lo demás manifestado e imponerse las costas a la demandada.-

Respecto a la eximición de la tasa de justicia solicitada por las partes y en virtud de lo dispuesto por el art. 30 3ro. parr. ley 15.057, propongo eximir de la misma en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 Ley 15.057).-

Así lo voto.-"

"A LA MISMA CUESTION: La Sra. Jueza Dra. Ramos dijo: adhiero por sus fundamentos al voto de la Dra. Slavin, votando con idéntico alcance, excepto en lo que se propone respecto de la tasa de justicia, considerando que, deberá eximirse de la misma atento al acuerdo formulado en autos"

Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria):

"1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado en la audiencia de vista de causa, en los términos allí referenciados. De conformidad a lo acordado por las partes, se revalida la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000) a favor de la parte actora BARBARA SCIARRA y a cargo de la parte demandada MELINA SOL AYALA, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada.-

2) Eximir -por mayoría- de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057).-

3) A los fines de la regulación de honorarios de los letrados se toma como base el monto del acuerdo. Atento lo pactado, regulase por todos los trabajos realizados y de acuerdo a las etapas cumplidas, los honorarios del Dr. GUSTAVO ADRIAN TOUZET en la cantidad de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000)... y del Dr. MARIO JOSE RICCIUTO en la cantidad de 28,17 JUS equivalentes al día de la fecha a $1.500.000... Adicionase la incidencia del Iva en caso que correspondiere."

Normas que cita

  • Constitución NacionalConstitucion nacional
  • Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 30
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 23, 28, 43, 51, 54
  • Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
  • Ley 8455 (Provincia De Buenos Aires)art. 14
  • Ley 27.802arts. 12, 15, 277 · Ley de modernizacion laboral
  • CCyCNart. 552 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Acordada 4013 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 4016 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 4039 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Acordada 3975 (Provincia De Buenos Aires (scba))
  • Resolución 873/26 (SCJBA) (Provincia De Buenos Aires)
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Garzon c/ El MangrulloSCBA · 10/09/1995

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