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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARCIAS EMMANUEL FABIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial promovido por el Fisco bonaerense por deuda tributaria por $1.707.569,00. El Tribunal hizo lugar a la demanda de ejecución, ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37782
Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda tributaria Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de defensa por extemporaneidad (arts. 166 y 155 cpcc) Costas Ley 13.406 Art. 540 cpcc Monto $1.707.569 00 Notificacion.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

GARCIAS EMMANUEL FABIAN.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por apremio provincial por capital reclamado de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 0/100 ($1.707.569,00) más intereses según art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de ejecución; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que el deudor pague íntegramente el capital reclamado y los intereses devengados; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I. "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

II. "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor GARCIAS EMMANUEL FABIAN haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 0/100 ($1.707.569,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

III. "REGISTRESE. NOTIFIQUESE (Art. 135, inc. 12 del CPCC y art. 13 de la ley 13.406)."

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