FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ COTTET LIDIA ESTHER S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio provincial por $17.169,70 más intereses contra Lidia Esther Cottet. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta satisfacer íntegramente el capital reclamado, aplicando intereses conforme al Art. 104 del Código Fiscal y declaró constituido domicilio en el tribunal.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
LIDIA ESTHER COTTET.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por vía de apremio provincial sobre título ejecutivo digital por la suma de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON 70/100 ($17.169,70) con más intereses, costos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución, ordenando trance y remate hasta el pago íntegro del capital reclamado; se aplicarán los intereses establecidos por el Art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE SUIZA - NRO. 859 - LOC. TEMPERLEY conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406, FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando a llevar adelante la ejecución promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra LIDIA ESTHER COTTET, hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON 70/100 ($17.169,70), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago."
"2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406) y difiriendo la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno."
"3) Haciendo efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, teniendo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (Arts. 7, 13 de la ley 13.406 y Art. 41 del CPCC)."
No constan votos en disidencia ni otros pronunciamientos separados en la sentencia analizada.
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 7, 10, 11, 13, 25
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 68, 116, 155, 556
- CF (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Ley 15007 (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 4013 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Resolución 39/2011 (Provincia De Buenos Aires)art. 104
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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