MARCHAN GUTIERREZ, MARIA GABRIELA s/SOLICITUD CARTA DE CIUDADANÍA
Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización. El Juzgado Federal de primera instancia otorgó la ciudadanía argentina a María Gabriela Marchan Gutiérrez y la emplazó a identificarse para la extensión de la Carta de Ciudadanía, ordenando además las comunicaciones pertinentes a Migraciones, el RENAPER y el Registro Nacional de Electores.
¿Quién es el actor?
MARCHAN GUTIERREZ, MARIA GABRIELA (peticionante de carta de ciudadanía), DNI 93.796.832, nacida 14/07/1983 en Lima, Perú, domiciliada en ciudad de Córdoba.
¿A quién se demanda?
Estado nacional (solicitud de naturalización dirigida al Juzgado Federal; la resolución ordena comunicaciones a autoridades públicas como Dirección Nacional de Migraciones, RENAPER y Registro Nacional de Electores).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de Carta de Ciudadanía por naturalización (otorgamiento de la ciudadanía argentina).
¿Qué se resolvió?
Se otorgó la ciudadanía argentina a la Sra. Marchan Gutiérrez con los derechos y deberes previstos por la ley, previa formalidad del juramento; se la emplazó a identificarse en el plazo de un año para extender la Carta de Ciudadanía y se ordenaron las comunicaciones a la Dirección Nacional de Migraciones, al Registro Nacional de las Personas y al Registro Nacional de Electores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1°.- Que con los documentos acompañados, informes de autoridades policiales recibidos, testimonial producida y demás constancias de autos, se ha comprobado fehacientemente los antecedentes e identidad del peticionante, acreditándose los extremos previstos por la Ley 346 y lo dispuesto en el Art. 2 de la Ley n° 24.533 y su modificatoria n° 24.591.
2°.- Que en consecuencia, habiéndose llenado las formalidades del debido proceso, y lo dictaminado por el Sr. Procurador Fiscal, en uso de las facultades que la ley acuerda a los Jueces de sección, corresponde el otorgamiento de la ciudadanía argentina por naturalización, con los efectos, prerrogativas y deberes que estatuye la normativa vigente."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan disidencias; la resolución fue firmada por el Juez Federal de primera instancia ALEJANDRO SANCHEZ FREYTES y constituye la decisión definitiva en estos autos.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
- Ley 24.533Ciudadania
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