BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. C/ MENDOZA BLANCA ESTELA S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
Se promueve acción de secuestro por Banco Santander contra Mendoza Blanca Estela. El Tribunal hace lugar a la recusación sin causa y ordena remitir el expediente a la Receptoría General de Expedientes para que informe el Juzgado de turno, notificando por Secretaría y por medios electrónicos.
¿Quién es el actor?
Banco Santander Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Mendoza Blanca Estela
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de secuestro (art. 39 Ley 12962, según carátula).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la recusación sin causa presentada por el peticionante; se remitió el expediente a la Receptoría General de Expedientes para que informe el Juzgado que sigue en orden de turno; se ordenó notificación por Secretaría y envío de copia digital a los domicilios electrónicos indicados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con lo solicitado y lo normado por el art. 14 del CPCC, hácese lugar a la recusación sin causa efectuada por el peticionante. En consecuencia, remítanse a la Receptoría General de Expedientes a fin de que informe el Juzgado que sigue en orden de turno (art. 16 del código ritual). REGISTRESE.-
NOTIFÍQUESE POR SECRETARÍA, remitiéndose copia digital de la presente providencia a los domicilios electrónicos de las respectivas partes que se detallan a continuación:
R.G.E.: RECEPTORIA-MO@JUSBUENOSAIRES.GOV.AR
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
(No se consignan en el texto votos ni fundamentos extensos adicionales.)
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