JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

VILAR, NATALIA GISELE c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó la actora prestaciones dinerarias por secuelas de accidente in itinere y la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia; aplicó actualización por RIPTE conforme al decreto 669/2019 y confirmó la liquidación, impuso costas y reguló honorarios en 30% de lo percibido en la etapa previa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA III
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 007487/2025/CA001
Intereses Costas Recurso de apelacion Pericia medica Honorarios Accidente in itinere Ripte Decreto 669/2019 Ley 24.557 Incapacidad 7%

¿Quién es el actor?

Vilar Natalia Gisele (actora).

¿A quién se demanda?

Experta ART SA (aseguradora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de prestaciones dinerarias por secuelas del accidente "in itinere" ocurrido el 31/01/2024, conforme ley 24.557.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado dictada por el Dr. Alejandro A. Segura en todo lo que fue materia de recursos y agravios; impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló los honorarios de la representación de la parte actora y de la parte demandada en el 30% de lo que les corresponda percibir por sus actuaciones en la etapa previa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- Razones de orden metodológico, me imponen tratar en primer término los agravios de la aseguradora, que se queja porque el Sentenciante de anterior grado basó sus conclusiones en una pericia que ha fijado incapacidad a un baremo ajeno al del fuero laboral y reconoció a la actora una incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 7% de la total obrera, derivada exclusivamente de las cicatrices residuales atribuidas al accidente de autos."

"Además es el magistrado quien, en definitiva, debe decidir si el baremo referenciado por el perito se adapta al caso y también quien decide –de ser necesario- apartarse de los mismos en atención a las particularidades de cada caso y siempre con bases objetivas..."

"comparto el criterio jurisprudencial según el cual el art. 477 del CPCCN establece que la fuerza probatoria del dictamen debe ser estimada teniendo en cuenta la competencia del perito, los principios científicos o técnicos en que se funda, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica..."

"II.- En relación con los intereses aplicados... el Sentenciante de anterior grado dispuso que la prestación dineraria ($ 2.205.708,06), se incrementará ... a partir de la primera manifestación invalidante (31/01/2024) ... mediante el índice RIPTE, y que, en caso de no abonarse ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación".

"III.- Respecto de los honorarios regulados, la ley 27423 prevé distintos mecanismos para establecer el monto que corresponde regular a los profesionales intervinientes en autos... Por lo tanto, al carecer los recursos de manifestaciones en ese sentido, solo cabe considerar que las presentaciones en despacho se encuentran desiertas (cfr. art. 116 LO)... Corresponde confirmar los honorarios recurrido..."

(Disidencia/obiter: la Dra. Diana R. Cañal adhirió en lo sustancial pero expresó un obiter dictum y dejó a salvo su criterio en cuanto a considerar inconstitucional el Decreto 669/2019 y favorecería, a su juicio, actualización más interés puro en lugar de aplicar exclusivamente el decreto.)

Observaciones: la decisión mayoritaria aplica el decreto 669/2019 (RIPTE) para actualizar desde la primera manifestación invalidante y confirma la pauta de intereses y la regulación de honorarios; la posición crítica sobre la constitucionalidad del decreto quedó en disidencia (obiter) y no afectó el fallo.

Leyes que cita

  • Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo
  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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