JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FERRARI HECTOR RODOLFO Y SPATAFORA ROSA ELENA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos intestada por fallecimiento de H. R. Ferrari y de R. E. Spatafora; se declara que los hijos Sandra Fabiana Ferrari y Silvina Ferrari son herederos universales de ambos causantes y que la cónyuge Rosa Elena Spatafora heredó de H. R. Ferrari en cuanto a sus bienes propios. El Tribunal hace lugar al pedido y funda la declaratoria en las constancias del RENAPER, la publicación de edictos (art. 734 inc. 2º CPCC) y la aplicación de las normas del Código Civil y Comercial y del CPCC.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº11 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-35584-2026
Codigo civil y comercial Declaratoria de herederos Cpcc Hijos Conyuge Renaper Sucesion ab-intestato Publicacion de edictos Herederos universales Ley 26.994

¿Quién es el actor?

La presentación fue efectuada por el Dr. Perez, letrado patrocinante, en representación de los herederos (SANDRA FABIANA FERRARI y SILVINA FERRARI).

¿A quién se demanda?

Se tramita la declaratoria respecto de las sucesiones de HECTOR RODOLFO FERRARI y de ROSA ELENA SPATAFORA (no surge oposición en autos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de declaratoria de herederos ab-intestato y agregación de la publicación de edictos.

¿Qué se resolvió?

Se declara, en cuanto corresponde por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de HECTOR RODOLFO FERRARI (24/6/2009) le suceden en carácter de herederos universales sus hijas SANDRA FABIANA FERRARI y SILVINA FERRARI y su cónyuge ROSA ELENA SPATAFORA (en cuanto a bienes propios y con las atribuciones que la ley le otorga respecto de los gananciales). Asimismo, que por el fallecimiento de ROSA ELENA SPATAFORA (24/11/2025) le suceden en carácter de herederos universales sus hijas SANDRA FABIANA FERRARI y SILVINA FERRARI. Regístrese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1º) Teniendo en consideración lo normado por el art. 7 del C.C. y C. de la Nación, aprobada por ley 26.994, el derecho sucesorio del heredero ab intestato se rige por la ley vigente al momento de la muerte del causante (conf. Kemelmajer de Carlucci Aida 'La Aplicación del Código Civil y Comercial a las Relaciones y Situaciones Jurídicas Existentes', pag. 105/166 y sigts., Ed. Rubinzal Culzomi Editores, Santa Fe, 2015).-

2°) Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA, se acreditan los fallecimientos de HECTOR RODOLFO FERRARI ocurrido el día 24/6/2009 y de ROSA ELENA SPATAFORA ocurrido el día 24/11/2025.-

5º) Que con los diarios y recibos obrantes en autos se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del C.P.C.C. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del C.P.C.C., arts. 3410, 3545, 3565, 3570 y ccs. del C.C. y arts. 2337, 2424, 2426, 2433 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de HECTOR RODOLFO FERRARI le suceden en carácter de universales herederos sus hijos SANDRA FABIANA FERRARI y SILVINA FERRARI y su cónyuge ROSA ELENA SPATAFORA a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Y que por fallecimiento de ROSA ELENA SPATAFORA le suceden en carácter de universal heredero sus hijos SANDRA FABIANA FERRARI y SILVINA FERRARI. REGISTRESE.-"

Observaciones procesales relevantes: Se tuvo en cuenta la información registral del RENAPER (conforme RC 420/21 y RC 975/21 SCBA) y la publicación de edictos prevista por el art. 734 inc. 2º del CPCC; la notificación del acto se realiza conforme al art. 10 del Reglamento para presentaciones y notificaciones electrónicas (Anexo Único Ac. 4013/2021 SCBA).

Normas que cita

  • Ley 26.994art. 7 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCC (Provincial/cpcc)arts. 734 inc.2º, 735, 737, 116
  • C.C. y C.N.arts. 3410, 3545, 3565, 3570, 2337, 2424, 2426, 2433 · Codigo civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • RC 420/21SCBA
  • RC 975/21SCBA

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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