BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VAZQUEZ ELIAS NAHUEL S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda de cobro de pesos por saldos de dos contratos de mutuo por $101.402,93. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a Vázquez a pagar $101.402,93 más intereses calculados desde cada fecha de mora, IVA y costas.
¿Quién es el actor?
BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES representado por el Dr. Nicolás Pelliccioni.
¿A quién se demanda?
VÁZQUEZ ELÍAS NAHUEL.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ordinario de sumas de dinero por saldo adeudado de dos préstamos personales (Préstamo Bancario Cartera Consumo N° 335-035964789 por $98.500 y Préstamo ATM 18 meses N° 335-85357883 por $3.000, saldo impago $2.902,93), total $101.402,93, más intereses, IVA, costos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. Se condenó al demandado a pagar dentro de diez días la suma de $101.402,93 (que comprende $98.500 y $2.902,93 con fechas de mora 24/12/2019 y 31/12/2021, respectivamente), más los intereses que se calcularán desde la fecha de cada mora aplicando la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones de descuento; adicionando IVA conforme lo reclamado. Costas a cargo del demandado; regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a tenor de las pautas supra indicadas -documental arrimada auténtica y reconocimiento tácito-, se evidencian probadas las relaciones contractuales que unieran a los litigantes por los contratos de mutuo concertados por el Sr. Vazquez (en pdf con la demanda), y que le imponían el pago de las cuotas comprometidas, que ha incumplido y por lo tanto otorga al demandante el derecho a obtener judicialmente el pago reclamado de $98.500 y de $2.902,93, con fecha de mora 24/12/2019 y 31/12/2021, respectivamente ( Arts. 730, 959, 1021, 1061 y 2651 del C.C.y C.N)."
"De este modo, toca hacer lugar a la acción condenando a la parte accionada a pagar a la entidad bancaria actora, dentro del plazo de diez días de notificada, la suma de $ 101.402,93 (ciento un mil cuatrocientos dos pesos con 93/100) -que comprende: $98.500 y $2.902,93, con fecha de mora 24/12/2019 y 31/12/2021, respectivamente-, con más sus intereses que se calcularán desde la fecha de cada mora consignada y hasta su efectivo pago aplicando por todo concepto la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Bs. As. en sus operaciones de descuento; adicionando el IVA correspondiente (arts. 263, 727, 730, 731, 794, 838, 959, 1021, 1061, 1063, 1747, 2651 CCyC de la Nación; Ley 25.065; arts.163, 165, 375, 354, 384 y ccdtes. del CPCC)."
"En lo que atañe a los accesorios reclamados -y que fueran morigerados- cabe destacar que 'Los jueces conservan la facultad de atenuar la incidencia de los intereses, si advierten que se encuentra comprometido el orden público en el supuesto que los estipulados contraríen los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres, pudiendo disponer su reducción...' ... Con ello entendiendo la Suscripta que la aplicación lisa y llana de los accesorios que surgen del contrato importaría vulnerar las normas de defensa al consumidor, sumado a que la demandada se trata de un particular, corresponde estarse a los intereses fijados en el párrafo que antecede, por todo concepto. (arts 770, 771, 1118, 1119, 1121 y ccdtes del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 37 y 65 de la Ley 24240)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se trata de un fallo colegiado; el dispositivo final es el que manda. No constan votos en disidencia.
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Normas que cita
- CCyCNarts. 730, 731, 771, 794, 838, 959, 1021, 1061, 1063, 1118, 1119, 1121, 1747, 2651 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Prov. Bs. As.) (Provincia De Buenos Aires)arts. 354, 375, 384, 163, 165
- Ley 25065Tarjetas de credito
- Ley 24240arts. 37, 65 · Defensa del consumidor
- ACUERDO 3845/17 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 11 (mención en notificación)
- ACUERDO 3991/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 (mención en notificación)
Fallos que cita
- FINANPRO S.R.L. C/ OVEJERO LEANDRO LEONEL S/ COBRO EJECUTIVO (JUBA CC0201 LP 139292 43 S 20/02/2025)20/02/2025
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