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Primera Instancia

ROLDAN GABRIEL OSCAR S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

El expediente tramita la quiebra de Roldán Gabriel Oscar con designación y aceptación de síndico y la instrucción de publicidad y verificación de créditos. El Tribunal acepta el cargo del síndico, ordena la publicación de edictos (Boletín Judicial y diario EL SOL de Quilmes) y fija plazos para la verificación de créditos e informes individual y general.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
130978
Plazos procesales Inhibicion general de bienes Quiebra Verificacion de creditos Registro de la propiedad inmueble Edictos Ley 24.522 Sindico aceptado Ac. 3975/2020 scjba Boletin judicial / diario el sol quilmes

¿Quién es el actor?

No consta actor formal distinto; se trata del expediente concursal seguido contra ROLDAN GABRIEL OSCAR (proceso de quiebra).

¿A quién se demanda?

ROLDAN GABRIEL OSCAR.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Trámite del procedimiento concursal (quiebra), designación y aceptación de síndico, realización de edictos, verificación de créditos y anotación de inhibición general de bienes.

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por aceptado el cargo de síndico al contador Eduardo Horacio Gilberto; se dispuso la forma y lugares de publicación de edictos; se fijaron plazos para la verificación de créditos (hasta 2/2/2027) y para la presentación de informes individual (5/4/2027) y general (10/5/2027); se registró la anotación definitiva de inhibición general de bienes y se libraron oficios al Registro de la Propiedad Inmueble conforme peticiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I. Tiénese al contador público, Eduardo Horacio Gilberto, por aceptado el cargo de síndico y por constituído el domicilio procesal físico y electrónico.

II. Téngase presente los datos denunciados y el método para la verificación de créditos propuesto, lo que deberá ser transcripto en los edictos a librarse.

III. Con los datos denunciados -teléfono celular y correo electrónico- tiénese por cumplido con el art. 1 del anexo único de la Ac. 3975/2020 SCJBA.

IV. En atención al estado de autos, fíjanse las siguientes fechas:

EDICTOS: en forma liminar, y atento el domicilio del fallido, sito en la localidad de Florencio Varela, corresponde señalar que mediante la RP 75/2024 de la SCJBA (de fecha 24-2-2024), se dispuso la eliminación del Registro de Organos de Prensa del Tribunal al Diario "VARELA AL DIA" de Florencio Varela; por tal razón la publicación de edictos del caso, se efectuará en la forma indicada a continuación.

En consecuencia, ordenese la publicación de edictos en la forma prevista por los artículos 27 y 28 de la ley 24.522 por CINCO DIAS en el Boletín Judicial y en el diario "EL SOL" de Quilmes (art. 274 LCQ; arts. 34, 36 CPCC), por el que se hará conocer el estado de quiebra y las disposiciones del art. 88 incs. 1, 3, 4, y 5 de la ley concursal, como así también el nombre, apellido y domicilio del síndico designado. En el edicto se dejará constancia que la publicación deberá realizarse sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse fondos cuando los hubiere (arts. 89 y 273 inc.8º, ley cit.) La publicación estará a cargo del ente sindical.-

VERIFICACION DE CREDITOS: Determinar que hasta el día 2 de Febrero de 2027 los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación ante el Síndico en la forma por éste indicada (arts. 88, 14 inc. 3º y 200 ley cit.).

INFORMES INDIVIDUAL Y GENERAL: Fijar el día 5 de Abril de 2027, para que el síndico presente el informe individual de los créditos, y el día 10 de Mayo de 2027 para que presente el informe general (arts. 35 y 39, ley cit.).-

Otros pronunciamientos del proveído: Regístrese relación al Registro de Sentencia nº 333/2026; téngase presente la anotación definitiva de la inhibición general de bienes comunicada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y notifíquese al fallido conforme Ac. 4039/2021 SCJBA; líbrese oficio ampliatorio al RPI de la CABA correlacionado con folio de seguridad nro. 90797/14, a cargo del solicitante por Portal de Presentaciones y Notificaciones Electrónicas.

Normas que cita

  • Ley 24.522arts. 27, 28, 35, 39, 88, 89, 273 · Concursos y quiebras
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 34, 36
  • Acordada 3975/2020 (Scjba)arts. Anexo único, 1
  • Acordada 4039/2021 (Scjba)
  • 75/2024 (Scjba)
  • 2135/2018 (Doc. Legal) (Scb A)
  • Acordada 3733/14 (Scb A)
  • Acordada 3971/20 (Scb A)
  • Acordada 3991/2020 (Scb A)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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