JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA C/ AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO

Consorcio de Gestión del Puerto La Plata reclama cobro ordinario de sumas de dinero contra Afianzadora Latinoamericana. El Tribunal hace lugar al pedido de inhibición y ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°16 Departamental, con notificación digital a la Receptaría General de Expedientes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7 - LA PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LP-78260-2026
Remision de autos Inhibicion Notificacion digital Cobro ordinario Afianzadora latinoamericana Juzgado n?16 Receptaria general de expedientes Cpcc art.34 Cpcc art.4 Consorcio de gestion del puerto la plata

¿Quién es el actor?

CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA.

¿A quién se demanda?

AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ordinario de sumas de dinero (autos caratulados "CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA C/ AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO").

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido formulado en el Punto VI de la presentación y se inhibe el tribunal de entender en el trámite, remitiendo las actuaciones al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°16 Departamental, con conocimiento de la Receptaría General de Expedientes y notificación digital por Secretaría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS Y VISTOS: Atento lo solicitado en el Punto VI de la presentación en proveimiento, esto es, la radicación de las presentes actuaciones ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°16 Departamental, donde se denuncia tramitan los autos caratulados "CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO"", Expte. LP - 13780 - 2025, corresponde me inhiba de entender en el trámite de los presentes obrados y remitir los mismos al Órgano Jurisdiccional supra referenciado con conocimiento de la Receptaría General de Expedientes, a cuyo fin notifiquese digitalmente por Secretaría (art.4, 34 inc.5 del CPCC). REGISTRESE."

"Proveyendo la presentación enviada el dìa 21/10/2026 14:27:08 por ARAUZ DE PAZ Justo Manuel (20278247997), CAMUGLI Diego Esteban (20284836066), AMESTOY Juan Antonio (20134542617) y MARTINEZ Macarena (27378029266):

Estese a lo proveído supra (art.34 inc.5 CPCC):

Federico Martinez

Juez"

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