MUNICIPALIDAD DE CAMPANA C/ ALTIERI ADOLFO ALFREDO S/ APREMIO
El municipio promovió apremio contra Altieri y presentó una oferta de transacción y pago de tasa de justicia. El Tribunal homologó la transacción conforme al art. 308 del CPCC y tuvo por acreditado el pago de la Tasa de Justicia, disponiendo registro y notificación.
¿Quién es el actor?
Municipalidad de Campana.
¿A quién se demanda?
Altieri Adolfo Alfredo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apremio municipal por deuda consolidada; presentación de transacción y acreditación de pago de tasa de justicia.
¿Qué se resolvió?
Homologación de la transacción entre las partes y reconocimiento del pago de la Tasa de Justicia; registro y notificación; cumplimiento del art. 21 de la Ley 6716 T.O. respecto de honorarios convenidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Téngase por acreditado el pago de la Tasa de Justicia, y su contribución de Ley, atento el monto denunciado de la deuda consolidada.
En consecuencia y de conformidad con lo pedido y lo preceptuado por el art. 308 del CPCC, homológase la transacción entre las partes que instruye la presentación de fecha 12/09/2026.
Por cumplido con el art. 21 de la Ley 6716 T.O. respecto de los honorarios convenidos.
(Se consignan las constancias: "Proveyendo a la presentación electrónica: TASA DE JUSTICIA - ACOMPAÑA / INTEGRA (248301581009693563)"; y la afirmación relativa a que el letrado firmante asume obligaciones de depositario según Ac. 4013 S.C.B.A.)
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