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Primera Instancia

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RIOS FEDERICO NICOLAS S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Banco demandó por cobro sumario de tarjeta de crédito reclamando $40.375,87 más intereses y costas por incumplimiento de resúmenes. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la mora el 6/04/2016 y condenó al demandado al pago del capital con intereses desde esa fecha conforme Ley 25.065 (morigerándolos a una vez y media la tasa activa del Banco para descuento a 30 días si superaran dicho límite), y costas a su cargo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 4 - SAN ISIDRO
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
SI-21465-2017
Costas Relacion de consumo Contrato de adhesion Tarjeta de credito Banco provincial Cobro sumario Ley 24.240 (defensa del consumidor) Morigeracion de tasa Intereses (ley 25.065) Mora (6/04/2016)

Quién demanda (Actor)

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

A quién se demanda (Demandado)

FEDERICO NICOLAS RIOS.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Cobro sumario de suma de dinero por saldos impagos de tarjeta de crédito VISA/MASTERCARD (Tarjeta VISA Cuenta Nro. 0620381646) por PESOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($40.375,87) más intereses y costas.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se hizo lugar a la demanda del Banco. Se condena a FEDERICO NICOLAS RIOS a pagar $40.375,87 dentro de los 10 días de firmeza del fallo, más intereses desde la mora (6/04/2016) conforme Ley 25.065, con el límite de una vez y media la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para operaciones de descuento a 30 días, sin capitalización. Se imponen las costas al demandado y se difiere la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De allí que la relación de consumo alude entonces, al vínculo que se establece entre consumidor o usuario, con quien en forma profesional y aún ocasionalmente, produzca, importe, distribuya o comercialice cosas o preste servicios destinados a consumidores o usuarios ( conf. art. 2do. LDC y art. 1093 del Cód. Civil y Comercial de la Nación). ... tengo para mi que el contrato suscripto entre el emisor y el titular de la tarjeta de crédito VISA - cuenta Nro. 0620381646, se encuentra ampliamente alcanzado por la Ley de Consumidor."

"En esa dirección, es decir - en la búsqueda de la aludida sentencia justa-, tengo para mi por probado, de la documental acompañada lo siguiente: : a) la existencia del contrato que la actora invoca en su presentación liminar 'EL CONTRATO DE EMISIÓN DE TARJETA DE CREDITO - VISA/ MASTERCARD' de fecha 22/01/2025 del cual surge a todas luces que el mismo fue suscripto por el demandado conforme las firmas insertas...; c) De los resúmenes acompañados tarjeta VISA Cuenta Nro 620381646 de los cuales se avisoran a toda luces y de manera palmaria los consumos efectuados por el demandado..."

"De allí y siendo que - conforme surge de las piezas adunadas-, la última liquidación lo fue a valores marzo /2016 con vencimiento para el día 6/04/2016 ( conf. grilla vencimiento) , es que corresponde fijar la fecha de mora en la ut supra indicada, es decir para el día 6 de ABRIL DE 2016 (arts. 886 a 888 del Cód. Civil y Comercial de la Nación)."

"...resuelvo ... condenando en consecuencia a este último a abonar al actor la suma de PESOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 40.375,87.-) ... con más los intereses que se liquidarán desde la fecha de mora 6 de ABRIL DE 2016 conforme la ley 25.065 (arts. 16 y 18), en la medida que los mismos no superen -por todo concepto (compensatorios y punitorios)- una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires - para sus operaciones de descuento a 30 días y hasta su efectivo pago, para lo cual deberá en la oportunidad pertinente practicar ambas liquidaciones."

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