JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MARCHETTI AUGUSTO C/ AUTOSIGILIO S.A Y OTRO/A S/ OFICIO

Se informa la baja de la designación del perito contador y se remite el expediente al Juzgado Civil y Comercial N°10 de La Plata. El Tribunal dispone la remisión electrónica del expediente y notifica a la perito contadora sobre la cesación de su designación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
EX-1893
Notificacion Providencia Perito contador Notificacion electronica Receptoria general de expedientes Remision electronica Oficio recibido Archivamiento Designacion dejada sin efecto Juzgado civil y comercial n?10 la plata

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO; el proveído trata la dejación sin efecto de la designación de un perito contador y la remisión del expediente.

¿Qué se resolvió?

Se dejó sin efecto la designación del perito contador y se ordenó la remisión electrónica del presente al Juzgado Civil y Comercial N° 10 del Departamento Judicial de La Plata (a cargo de la Dra. Silvina Cairo). Asimismo, se notificó a la perito contadora que acepta cargo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que se ha dejado sin efecto la designación del perito contador oportunamente solicitado, procédase a la remisión electrónica del presente al Juzgado Civil y Comercial N° 10 del Departamento Judicial de La Plata, a cargo de la Dra. Silvina Cairo. Lo que así Decido. Regístrese."

"Anotíciese a la Receptoría General de Expedientes Departamental al domicilio electrónico correspondiente (ZC-17194/2026) y oportunamente tómese debida nota en los Registros Informáticos y en los libros del Juzgado.-

Cumplido con ello, remítanse las presentes por correo electrónico a la casilla: juzciv10-lp@jusbuenosaires.gov.ar.-

Proveyendo la presentación titulada PERITO - ACEPTA CARGO (254200087009695682):

Atento lo dispuesto ut supra, hágase saber a la perito contadora."

(No se registran votos en disidencia ni fundamentos jurídicos adicionales en el texto suministrado.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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