JurisprudenciaARG
Primera Instancia

BONESI AIDA JOSEFINA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Solicitud declarativa de herederos por fallecimiento de Aida Josefina Bonesi. El Tribunal declaró que, por fallecimiento de la causante ocurrido el 5/05/2023, suceden como herederos universales sus hijos Estela Liliana y Gustavo Daniel, y cesó la intervención del Ministerio Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
56500
Codigo civil y comercial Sucesion Fallecimiento Cpcc Registro Declaracion de herederos Notificacion electronica Ministerio fiscal Edictos Herederos universales

¿Quién es el actor?

Los peticionantes son los hijos de la causante, Estela Liliana Belen y Bonesi y Gustavo Daniel Belen y Bonesi, que promovieron la actuación para que se declare su calidad de herederos.

¿A quién se demanda?

Aida Josefina Bonesi (causante, fallecida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la sucesión por fallecimiento de Aida Josefina Bonesi y que se reconozca a los hijos como herederos universales.

¿Qué se resolvió?

Se declaró, en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por el fallecimiento de Aida Josefina Bonesi le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Estela Liliana y Gustavo Daniel Belen y Bonesi; se cesó la intervención del Ministerio Fiscal; se ordenó registro y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"a) Que con el certificado adjunto a la demanda, se acredita el fallecimiento de Aida Josefina Bonesi, ocurrido el día 5 de Mayo de 2023.-

b) Que la causante contrajo matrimonio con Mario Saturnino Belen -fallecido en fecha 20/04/2004-, en fecha 7 de Febrero de 1963 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 06/05/2025 y 09/11/2025).-

c) Que de esa unión nacieron Estela Liliana, el día 22 de Marzo de 1966 y Gustavo Daniel Belen, el día 21 de Febrero de 1971 (conf. documentación adjunta a la presentación electrónica de fecha 06/05/2025).-

d) Que con la constancia de fecha 18/09/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, cuyo resultado negativo informa en este acto la Actuaria.-

Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial y arts. 735 y 737 del CPCC, RESUELVO: 1.- Declarar en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Aida Josefina Bonesi le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Estela Liliana y Gustavo Daniel Belen y Bonesi.2.- Cése la intervención del Ministerio Fiscal (Art. 728, inc. 1 del CPCC).3.- Regístrese. Notifíquese a la parte y a la Agente Fiscal Departamental a sus domicilio electrónico en forma automatizada (Ac. 4039/2021 SCBA).-"

(La parte resolutiva final citada es el bloque dispositivo que contiene la decisión mayoritaria del Tribunal.)

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.